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Documento BOE-A-1992-28642

Orden de 18 de diciembre de 1992 sobre emisiones de valores por no residentes.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 1992, páginas 44118 a 44119 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1992-28642
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1992/12/18/(5)

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 672/1992, de 2 de julio, sobre inversiones españolas en el exterior, declara libre la emisión y colocación de valores extranjeros en los mercados españoles. Y aunque deroga cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo en él dispuesto, parece conveniente efectuar la derogación expresa de aquellas disposiciones que, relativas al mercado español de valores, se oponían al citado Real Decreto.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Orden recuerda que, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 291/1992, de 26 de marzo, sobre emisiones y ofertas públicas de ventas de valores, todas las emisiones de obligaciones en pesetas realizadas por no residentes deberán ser comunicadas con carácter previo al Ministerio de Economía y Hacienda.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Quedan expresamente derogadas las siguientes normas:

- La Orden de 3 de febrero de 1987 (<Boletín Oficial del Estado> del 9) sobre emisión, negociación y cotización en España de valores denominados en pesetas emitidos por organismos internacionales de los que España sea miembro.

- Los apartados a) y b) de los números segundo y quinto, así como las disposiciones adicionales de la Orden de 14 de noviembre de 1989 (<Boletín Oficial del Estado> del 25) por las que se desarrolla el artículo 25 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Segundo.-Será aplicable a las emisiones de obligaciones u otros valores en pesetas realizadas por no residentes, en las que no se desarrollen en territorio español actividades publicitarias, lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 3 del Real Decreto 291/1992, de 26 de marzo, sobre emisiones y ofertas públicas de venta de valores, y en sus normas de desarrollo.

Corresponderá al Director general del Tesoro y Política Financiera el ejercicio de las competencias atribuidas al Ministro de Economía y Hacienda en dicho precepto.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 18 de diciembre de 1992.

SOLCHAGA CATALAN

Ilmos. Sres. Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Director general del Tesoro y Política Financiera y Director general de Transacciones Exteriores.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 18/12/1992
  • Fecha de publicación: 28/12/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 29/12/1992
Referencias anteriores
Materias
  • Bolsas de Valores
  • Títulos valores

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