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El Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.415/1992, promovida por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Barcelona, por supuesta inconstitucionalidad del artículo 6. de la Ley Orgánica 3/1989, de 21 de junio, por el que se da nueva redacción al artículo 428 del Código Penal, en la parte del mismo en que se autoriza la esterilización de los declarados incapaces mediante consentimiento de sus representantes legales.
Madrid, 30 de junio de 1992. El Secretario de Justicia.
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