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Documento BOE-A-1989-14353

Orden de 17 de junio de 1989 por la que se establece la posibilidad de conceder la protección para obtenciones vegetales cuyos obtentores o causahabientes sean persona naturales o jurídicas con domicilio o residencia en los Estados Unidos de América.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 1989, páginas 19479 a 19479 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1989-14353
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/06/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

LA LEY 12/1975, DE 12 DE MARZO, DE PROTECCION DE LAS OBTENCIONES VEGETALES, EN SUS ARTICULOS 10 Y 16, ASI COMO EL REAL DECRETO 1674/1977, DE 10 DE JUNIO, POR EL QUE SE APROBO EL REGLAMENTO GENERAL SOBRE PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES, EN SUS ARTICULOS 10 Y 16, ESTABLECEN LA POSIBILIDAD DE QUE LOS OBTENTORES EXTRANJEROS GOCEN DE IGUALES DERECHOS QUE LOS OBTENTORES NACIONALES, SIEMPRE QUE LA LEGISLACION DE SU PAIS APLIQUE EL PRINCIPIO DE RECIPROCIDAD, O QUE OTROS CONVENIOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR ESPAÑA, ASI LO ESTABLEZCAN. EL MENCIONADO REGLAMENTO ESTABLECIO QUE LA COMISION DE PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES, ELEVARIA LAS PROPUESTAS NECESARIAS PARA QUE SE DICTEN LAS DISPOSICIONES PRECISAS EN LAS QUE SE ESTABLEZCAN LAS RECIPROCIDADES CITADAS.

HABIENDOSE PRESENTADO VARIAS SOLICITUDES DE TITULO DE OBTENCION VEGETAL PARA VARIEDADES OBTENIDAS POR ENTIDADES ESTADOUNIDENSES, TRAS HABERSE ESTUDIADO LA LEGISLACION DE APLICACION EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SE HA PODIDO CONSTATAR QUE LOS OBTENTORES ESPAÑOLES PUEDEN RECIBIR LA PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES, ESTABLECIDA EN EL CITADO ESTADO.

A PROPUESTA DE LA COMISION DE PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

UNICO. PODRAN EMITIRSE TITULOS DE OBTENCION VEGETAL PARA VARIEDADES CUYOS OBTENTORES O CAUSAHABIENTES SEAN PERSONAS NATURALES O JURIDICAS CON DOMICILIO O RESIDENCIA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

PARA ELLO, SE PRECISARA QUE ESTE ESTABLECIDA LA PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES PARA LA ESPECIE CORRESPONDIENTE EN ESPAÑA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, ASI COMO QUE SE CUMPLA TODO LO ESTABLECIDO EN LA LEY 12/1975, DE PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES, Y LA NORMATIVA QUE LA DESARROLLA.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 17 DE JUNIO DE 1989.

ROMERO HERRERA

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/06/1989
  • Fecha de publicación: 23/06/1989
Referencias anteriores
Materias
  • Agricultura
  • Estados Unidos de América
  • Plantas
  • Propiedad Industrial

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