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Documento BOE-A-1989-13356

Corrección de errores del Decreto Foral 30/1989, de 2 de febrero, por el que se aprueban las normas estatutarias provisionales de la Universidad Pública de Navarra.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 13 de junio de 1989, páginas 18023 a 18023 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-1989-13356
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/df/1989/02/02/30/corrigendum/19890613

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Decreto Foral 30/1989, de 2 de febrero, por el que se aprueban las normas estatutarias provisionales de la Universidad Pública de Navarra, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 99, de 26 de abril, páginas 12347 a 12356, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el artículo 10.2 (in fine), donde dice: «... donde se asienta su «campus»», debe decir. «... donde se asienta su campus».

En el artículo 13.1, donde dice: «... en la Universidad Pública de Navarra las de la Comunidad Forra] de Navarra...», debe decir: «... en la Universidad Pública de Navarra las de la Comunidad Foral de Navarra...».

En la denominación del capitulo 1 del título I, donde dice: «De los departamentos», debe decir «De los Departamentos».

En el artículo 18, donde dice: «... A los efectos del cómputo a que se refiere el artículo 16 1....», debe decir «... A los efectos del cómputo a que se refiere el artículo 16.1...».

En la denominación del título II, donde dice: «Del gobierno provisional de la Universidad», debe decir «Del Gobierno Provisional de la Universidad».

En la denominación del capítulo I del título II, donde dice:

«Disposiciones generales», debe decir: «Disposiciones Generales».

En el artículo 34, el apartado c) desaparece por repetición.

En el artículo 34, el apartado d) pasa a ser el apartado c).

En el artículo 34, el apartado e) pasa a ser el apartado d).

En el artículo 45, q), donde.dice: «... «campus» de la Universidad.», debe decir. «... campus de la Universidad.».

En la denominación del capítulo VIII del título II, donde dice: «Del Secretario general», debe decir «Del Secretario General».

En el artículo 57, e), donde dice: «...los reglamentos que las desarrollan o las disposiciones legales vigentes.», debe decir «... los reglamentos que las desarrollen o las disposiciones legales vigentes.».

En el artículo 58, d), donde dice: «... que impartan docencia en el Centro o personas en quien deleguen», debe decir «... que imparten docencia en el Centro o personas en quien deleguen».

En el artículo 58, g), donde dice: «Dos miembros de personal...», debe decir «Dos miembros del personal...».

En el artículo 70.3, donde dice: «... del órgano que lo eligió o por causa legal.», debe decir «... del órgano que lo eligió o por causa legal.».

En el artículo 74, donde dice: «El Consejo de Directores de departamento está constituido por los Directores de departamento...», debe decir: «El Consejo de Directores de departamento está constituido por todos los Directores de departamento...».

En el artículo 80.1, donde dice: «La matriculación de la Universidad Pública de Navarra tendrá carácter oficial...», debe decir: «La matriculación en la Universidad Pública de Navarra tendrá carácter oficial...».

En el artículo 80.2, donde dice: «Los alumnos confeccionarán su currículum por etapas...», debe decir «Los alumnos confeccionarán sus currícula por etapas...».

El párrafo segundo del apartado 3 del articulo 80, es el apartado 4 del artículo 80.

El artículo 81.1, donde dice: «... Sólo para alumnos a los que reste por obtener el título un número de créditos inferior...», debe decir «... Sólo para alumnos a los que reste para obtener el título un número de créditos inferior...».

En el artículo 82.2, donde dice: «... garantizándose en todo caso que las clases objeto de exención sean impartidas por otro profesor...», debe decir «... garantizándose en todo caso que las clases objeto de la exención sean impartidas por otro profesor...».

En el artículo 84, donde dice: «... a lo establecido en Real Decreto 185/1985...», debe decir: «... a lo establecido en el Real Decreto 185/1985...».

En la denominación del capítulo II del titulo III, donde dice: «De la investigación», debe decir «De la Investigación».

En el artículo 91, donde dice: «... es condición indispensable para el plano ejercicio de la función docente...», debe decir: «... es condición indispensable para el pleno ejercicio de la función docente...».

En el artículo 92, d), donde dice: «... y otras ayudas personales para la formación de investigaciones, estancias y desplazamientos...», debe decir: «... y otras ayudas personales para la formación de investigadores, estancias y desplazamientos...».

En la denominación del capítulo III del título III, donde dice: «De la extensión universitaria», debe decir «De la Extensión Universitaria».

En el artículo 114.2, donde dice: «... Al finalizar el período, antes de tres mes...», debe decir: «... Al finalizar el periodo, y antes de tres meses...».

En el artículo 120, donde dice: «... estará sometido a las provisiones del artículo 27.3...», debe decir: «... estará sometido a las previsiones del artículo 27.3...».

En el artículo 135, donde dice: «... o naturaleza del gasto así lo aconsejan...», debe decir: «... o naturaleza del gasto así lo aconsejen...».

En la disposición adicional tercera, apartado 2.°, donde dice: «... en el artículo 46 de la Ley de Reforma Universitaria.», debe decir «... en el artículo 46.2 de la Ley de Reforma Universitaria.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 13/06/1989
  • Publicada en el BON núm. 45, de 14 de abril de 1989.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Decreto Foral 30/1989, de 2 de febrero (Ref. BOE-A-1989-9362).
Materias
  • Universidad Pública de Navarra

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