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Documento BOE-A-1988-8414

Resolución de 14 de marzo de 1988, de la Dirección General de Alta Inspección y Relaciones con las Administraciones Territoriales, por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre el Ministro de Sanidad y Consumo, el Presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias y el Alcalde de Barcelona para establecer el Programa de Creación de la Red Española de Ciudades Saludables.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 1988, páginas 9989 a 9990 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1988-8414
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/03/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ACUERDO DE LA COMISION DELEGADA DEL GOBIERNO PARA POLITICA AUTONOMICA, ADOPTADO EN SU REUNION DEL DIA 18 DE JUNIO DE 1985, PROCEDE LA PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL CONVENIO SUSCRITO CON FECHA 8 DE MARZO DE 1988 ENTRE EL EXCELENTISIMO SEÑOR MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO, EL EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y EL EXCELENTISIMO SEÑOR ALCALDE DE BARCELONA PARA ESTABLECER EL PROGRAMA DE CREACION DE LA RED ESPAÑOLA DE CIUDADES SALUDABLES, QUE FIGURA COMO ANEXO DE ESTA RESOLUCION.

LO QUE SE HACE PUBLICO A LOS EFECTOS OPORTUNOS.

MADRID, 14 DE MARZO DE 1988. EL DIRECTOR GENERAL, PEDRO PABLO MANSILLA IZQUIERDO.

ANEXO QUE SE CITA

EN MADRID, A 8 DE MARZO DE 1988, REUNIDOS EL EXCELENTISIMO SEÑOR DON JULIAN GARCIA VARGAS, MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO, EL EXCELENTISIMO SEÑOR DON TOMAS RODRIGUEZ BOLAÑOS, PRESIDENTE DE LA FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y EL EXCELENTISIMO SEÑOR DON PASCUAL MARAGALL MIRA, ALCALDE LA CIUDAD DE BARCELONA, INTERVIENEN EN FUNCION DE SUS RESPECTIVOS CARGOS, QUE HAN QUEDADO EXPRESADOS, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE A CADA UNO LE ESTAN CONFERIDAS, CON PLENA CAPACIDAD PARA FORMALIZAR EL PRESENTE CONVENIO, Y EXPONEN:

1. QUE LOS ORGANISMOS FIRMANTES DEL PRESENTE CONVENIO SON CONSCIENTES DE QUE LOS NUEVOS CONCEPTOS Y FILOSOFIA DE PROMOCION DE LA SALUD PRIORIZAN LAS ACCIONES DIRIGIDAS A MEJORAR LAS CONDICIONES DE VIDA Y LOS SECTORES QUE INFLUYEN EN LA SALUD DE LA POBLACION, ASI COMO DEL PAPEL FUNDAMENTAL QUE LAS ADMINISTRACIONES LOCALES PUEDEN JUGAR EN ESTE CAMPO.

2. CONSIDERANDO LA EXISTENCIA DEL PROGRAMA <HEALTHY CITIES> DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD, CON CUYA OFICINA REGIONAL DE EUROPA TIENE SUSCRITO UN PROGRAMA DE COOPERACION EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO Y QUE LA CIUDAD DE BARCELONA PARTICIPA EN EL REFERIDO PROGRAMA.

3.

SE CONSIDERAN LOS BENEFICIOS QUE LA PARTICIPACION DE LAS CIUDADES ESPAÑOLAS EN EL PROGRAMA PUEDE REVESTIR PARA LA POBLACION DE LAS MISMAS Y SE TIENE EN CUENTA EL INTERES DE GRAN NUMERO DE MUNICIPIOS EN ESTAS ACTIVIDADES QUE SUGIEREN LA CONSTITUCION DE FORMAS DE COLABORACION QUE PERMITAN UNA RELACION Y COOPERACION ESTABLE ENTRE LOS MUNICIPIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ENCAMINADAS A CONSEGUIR CIUDADES SALUDABLES.

4.

QUE LAS INSTITUCIONES FIRMANTES SON CONSCIENTES, POR TODO ELLO, DE LA NECESIDAD DE FORMALIZAR UN CONVENIO QUE CONSTITUYA EL MECANISMO APROPIADO PARA LOGRAR UNA FORMA ESTABLE DE COLABORACION EN ACTIVIDADES ENCAMINADAS A FOMENTAR Y CONSEGUIR CIUDADES MAS SALUDABLES, LO QUE LLEVAN A EFECTO MEDIANTE LAS SIGUIENTES ESTIPULACIONES:

PRIMERA. SE ACUERDA ESTABLECER EL PROGRAMA DE CREACION DE LA RED ESPAÑOLA DE CIUDADES SALUDABLES, BASADO EN PRINCIPIOS Y ACTIVIDADES ACORDES CON EL PROGRAMA <HEALTHY CITIES> DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD, A CUYO AMPARO SE CREARAN LAS CONDICIONES PRECISAS PARA LA INCORPORACION A LA REFERIDA RED DE LOS MUNICIPIOS ESPAÑOLES QUE LO DESEEN Y CUMPLAN LOS REQUISITOS PREESTABLECIDOS.

SEGUNDA.

COMO INSTRUMENTO IDONEO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA SE CONSTITUYEN:

UNA COMISION DE SEGUIMIENTO, CUYA FUNCION SERA LA DE ADOPTAR LOS ACUERDOS NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA Y EVALUAR LA EJECUCION DEL MISMO. OSTENTARA LA PRESIDENCIA DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO EL MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO O LA AUTORIDAD DE SU DEPARTAMENTO EN QUIEN DELEGUE.

SERA VICEPRESIDENTE PRIMERO UN REPRESENTANTE DE LA FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y VICEPRESIENTE SEGUNDO UN REPRESENTANTE DEL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.

LA SECRETARIA DE LA COMISION LA DESEMPEÑARA UN TECNICO DESIGNADO POR LA DIRECCION GENERAL DE ALTA INSPECCION Y RELACIONES CON LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES, QUE TENDRA VOZ PERO NO VOTO.

PERTENECERAN A LA COMISION, EN CALIDAD DE VOCALES, UN REPRESENTANTE DE LOS SIGUIENTES ORGANISMOS:

DIRECCION GENERAL DE ALTA INSPECCION Y RELACIONES CON LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO.

FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS.

AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.

DIRECCION GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO.

CIUDADES PARTICIPANTES.

EXPERTOS QUE SE CREAN CONVENIENTES.

UNA OFICINA DE COORDINACION, CUYA FUNCION SERA LA DE GARANTIZAR LA RELACION Y COORDINACION CON EL CONJUNTO DE MUNICIPIOS QUE SE VAYAN INCORPORANDO A LA RED, VELANDO POR LA DIFUSION DE SUS ACTIVIDADES, INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS Y COLABORACION ENTRE CIUDADES, Y LA CREACION DE FORMAS FLUIDAS DE COMUNICACION ENTRE LAS CIUDADES DE LA RED.

LA SECRETARIA DE LA OFICINA DE COORDINACION LA DESEMPEÑARA UN TECNICO DESIGNADO POR LA FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS Y PODRAN PARTICIPAR EN ELLA TODAS LAS CIUDADES INTEGRADAS EN LA RED Y LOS TECNICOS PRECISOS.

TERCERA. LAS INSTITUCIONES FIRMANTES ADQUIEREN LOS SIGUIENTES COMPROMISOS:

1. EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO FACILITARA EL SOPORTE TECNICO NECESARIO PARA LA CREACION DE LA RED Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO Y FINANCIARA LAS ACTIVIDADES DE ESTA Y LAS DEMAS QUE EN EL DESARROLLO DEL PROGRAMA SE PROYECTEN, CON SUJECION A LAS CUANTIAS Y EN LAS CONDICIONES QUE EN CADA CONVENIO ESPECIFICO SE ESTABLEZCAN. EL IMPORTE MAXIMO SERA DE 1.000.000 DE PESETAS, CON CARGO A LA APLICACION PRESUPUESTARIA 26.04.226.06. PROGRAMA 411.A.

LA DIRECCION GENERAL DE ALTA INSPECCION Y RELACIONES CON LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES PROMOVERA LOS EXPEDIENTES DE GASTOS PRECISOS, EN BASE A LA INFORMACION QUE PREVIAMENTE RECIBA DE LA SECRETARIA DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO, SOBRE CONVOCATORIA DE LAS REUNIONES Y ASISTENTES A LAS MISMAS, CON EXPRESION DE LAS CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES EN CADA UNA DE ELLAS. TALES EXPEDIENTES SE FISCALIZARAN Y APROBARAN DE ACUERDO CON LA NORMATIVA VIGENTE.

PARA EL PRESENTE AÑO 1988 SE PREVE COMO ACTIVIDADES DE LA COMISION DE SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA DE CIUDADES SALUDABLES, LA REALIZACION DE DOS REUNIONES DE DEBATE E INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS, A LAS QUE PODRAN ASISTIR REPRESENTANTES DE LOS ORGANISMOS INTEGRADOS EN LA RED, ASISTIDOS DE LOS TECNICOS QUE ESTIMEN PRECISOS.

2. LA FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS GARANTIZARA LA RELACION Y COORDINACION CON EL CONJUNTO DE MUNICIPIOS QUE SE VAYAN INCORPORANDO A LA RED, VELARA POR LA DIFUSION DE SUS ACTIVIDADES AL CONJUNTO DE LOS MUNICIPIOS INCORPORADOS, REALIZANDO LAS FUNCIONES DESDE LA OFICINA DE COORDINACION, DOTANDOLE DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES NECESARIOS PARA SU ADECUADO FUNCIONAMIENTO.

COMO ACTIVIDAD FUNDAMENTAL INICIAL, DICHA OFICINA REALIZARA LA MAXIMA DIFUSION DEL PROGRAMA A TODOS LOS MUNICIPIOS ASI COMO LAS EXPERIENCIAS CONCRETAS Y LA INTERCOMUNICACION NECESARIA.

3. EL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA A TRAVES DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO SERA EL RESPONSABLE DEL MANTENIMIENTO DE LA RELACION Y VINCULO DE LA RED CON EL PROGRAMA DE LA OMS Y LAS CIUDADES DE LA RED INTERNACIONAL, FACILITANDO EL FONDO DOCUMENTAL Y LA EXPERIENCIA PRACTICA DE QUE DISPONE, DIFUNDIENDO LA DOCUMENTACION E INFORMACION DE INTERES, APORTANDOLA EXPRESAMENTE A LA COMISION DE SEGUIMIENTO Y A LA OFICINA DE COORDINACION.

CUARTA. EL PRESENTE CONVENIO TENDRA VIGENCIA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1988, ENTENDIENDOSE TACITAMENTE PRORROGADO POR PERIODOS ANUALES A NO SER QUE, POR ALGUNA DE LAS PARTES, SE PROCEDA A LA DENUNCIA DEL MISMO CON UN PREAVISO DE TRES MESES ANTES DE SU VENCIMIENTO.

LO QUE EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE SUSCRIBE POR TRIPLICADO EJEMPLAR, LUGAR Y FECHA <UT SUPRA>. EL MINISTRO DE SANIDAD Y CONSUMO, JULIAN GARCIA VARGAS. EL PRESIDENTE DE LA FEMP, TOMAS RODRIGUEZ BOLAÑOS. EL ALCALDE DE BARCELONA, PASCUAL MARAGALL MIRA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/03/1988
  • Fecha de publicación: 31/03/1988
  • Vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 1988.
Materias
  • Administración Local
  • Ayuntamientos
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Dirección General de Alta Inspección y Relaciones con las Administraciones Territoriales
  • Ministerio de Sanidad y Consumo
  • Municipios
  • Organización Mundial de la Salud
  • Sanidad

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