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Documento BOE-A-1988-3608

Corrección de erratas del Real Decreto 1681/1987, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 1988.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1988, páginas 4518 a 4518 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1988-3608
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1987/12/30/1681/corrigendum/19880211

TEXTO ORIGINAL

Padecido error en la inserción del Real Decreto 1681/1987, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de 31 de diciembre de 1987, página 38325, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

El segundo párrafo del preámbulo, donde dice: «Las nuevas cifras del salario mínimo significan un incremento respecto a las anteriores del 4,5 por 100 y son el resultado de tomar en consideración todos los factores de la previsión oficial del índice...», debe decir: «Las nuevas cifras del salario mínimo significan un incremento respecto a las anteriores del 4,5 por 100 y son el resultado de tomar en consideración todos los factores de revisión contemplados en el mencionado artículo 27.1, tanto la previsión oficial del índice...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/02/1988
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas del Real Decreto 1681/1987, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-28779).
Materias
  • Salario Mínimo Interprofesional

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