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Documento BOE-A-1988-28605

Corrección de erratas de la Resolución de 17 de noviembre de 1988, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 28 de octubre de 1988, por el que se revisa el porcentaje de incremento de la indemnización por residencia en Ceuta y Melilla, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 16 de diciembre de 1988, páginas 35265 a 35265 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1988-28605
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/11/17/(2)/corrigendum/19881216

TEXTO ORIGINAL

ORDEN de 13 de diciembre de 1988 por la que se fija el derecho regulador para las importaciones de harina de trigo panificable en las islas Canarias.

De conformidad con el artículo 2.º del Real Decreto 506/1987, de 10 de abril, y el artículo 1.º de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de fecha 26 de septiembre de 1988,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.- La cuantía del derecho para las importaciones en las islas Canarias de las harinas de trigo panificable del código de la nomenclatura combinada 1101 00 00 es de 3.559 pesetas/tonelada métrica.

Segundo.-Este derecho entrará en vigor desde la fecha de publicación de la presente Orden hasta su modificación.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos.

Madrid, 13 de diciembre de 1988.

SOLCHAGA CATALAN

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 16/12/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Resolución de 17 de noviembre de 1988 (Ref. BOE-A-1988-27279).
Materias
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Retribuciones

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