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Documento BOE-A-1988-16874

Real Decreto 701/1988, de 24 de junio, por el que se declaran las materias primas, minerales y actividades con ellas relacionadas calificadas como prioritarias a efectos de lo previsto en la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 1988, páginas 21027 a 21027 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1988-16874
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1988/06/24/701

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley 6/1977, de 4 de enero, las personas físicas o jurídicas que realicen el aprovechamiento de una o varias materias primas minerales declaradas prioritarias podrán optar en la actividad referente a estos recursos porque el factor de agotamiento sea de hasta el 15 por 100 de los valores minerales vendidos, considerándose también como tales los consumidos por las mismas Empresas para su posterior tratamiento o transformación.

El Real Decreto 1303/1987, de 4 de septiembre, declaró hasta el 31 de diciembre de 1987 la relación de materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas que fueron declaradas prioritarias por los Reales Decretos 890/1979, de 16 de marzo; 2748/1981, de 19 de octubre; 1660/1983, de 23 de mayo; 2014/1984, de 26 de septiembre; 2134/1985, de 23 de octubre, y 2643/1986, de 30 de diciembre.

El desarrollo y ejecución de los programas de acción de carácter plurianual, así como la efectividad de los instrumentos que se derivan de la aplicación de las disposiciones mencionadas aconsejan esta declaración, de modo que las actividades, tanto públicas como privadas, no se vean afectadas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de junio de 1988,

DISPONGO:

Artículo único.

Se declaran, hasta el 31 de diciembre de 1988, como prioritarias las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas que se incluyen en el anexo de este Real Decreto.

Dado en Madrid a 24 de junio de 1988.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria y Energía,

LUIS CARLOS CROISSIER BATISTA

Anexo al Real Decreto sobre relación de materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas declaradas prioritarias a los efectos de lo prevenido en la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería

Materias primas minerales

Actividades

Carbones

Explotación, tratamiento y beneficio.

Cinc

Explotación, tratamiento y beneficio.

Cobre

Explotación, tratamiento y beneficio.

Estaño

Explotación, tratamiento y beneficio.

Fosfatos

Explotación.

Hierro

Explotación, tratamiento y beneficio.

Manganeso

Explotación.

Plomo

Explotación, tratamiento beneficio.

Recursos geotérmicos

Aprovechamiento.

Uranio

Explotación, tratamiento y beneficio.

Caolín

Explotación, tratamiento y beneficio.

Fluorita

Explotación, tratamiento y beneficio.

Granito ornamental

Explotación, tratamiento y beneficio.

Magnesita

Explotación, tratamiento y beneficio.

Mármol ornamental

Explotación, tratamiento y beneficio.

Materiales arcillosos especiales (sepiolita, bentonita, attapulgita)

Explotación, tratamiento y beneficio.

Piritas

Explotación, tratamiento y beneficio.

Pizarras ornamentales

Explotación, tratamiento y beneficio.

Potasas

Explotación, tratamiento y beneficio.

Volframio

Explotación, tratamiento y beneficio.

Metales preciosos (oro y plata)

Explotación, tratamiento y beneficio.

Feldespatos

Explotación, tratamiento y beneficio.

Glauberita y Thenardita

Explotación, tratamiento y beneficio.

Mercurio

Tratamiento y beneficio.

Barita

Explotación, tratamiento y beneficio.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 24/06/1988
  • Fecha de publicación: 07/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 27/07/1988
Referencias anteriores
Materias
  • Carbón
  • Estaño
  • Metales preciosos
  • Minas
  • Minerales
  • Piedra

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