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Documento BOE-A-1987-26786

Resolución de 17 de noviembre de 1987, de la Secretaría General para la Seguridad Social, sobre domiciliación del pago de las cuotas fijas de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, así como de las del Régimen Especial de Empleados de Hogar.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 30 de noviembre de 1987, páginas 35519 a 35521 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1987-26786
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1987/11/17/(3)

TEXTO ORIGINAL

POR RESOLUCION DE 2 DE MARZO DE 1987, DE LA SECRETARIA GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 28), SE ESTABLECE LA INICIACION DE LA EMISION MECANIZADA DE LOS DOCUMENTOS DE COTIZACION PARA LA LIQUIDACION Y PAGO DE LAS CUOTAS FIJAS DEL REGIMEN ESPECIAL AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y POR RESOLUCION DE 14 DE OCTUBRE DE 1987 DE LA DIRECCION GENERAL DE REGIMEN ECONOMICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 21), SE APRUEBA EL NUEVO MODELO TC. 1/2 PARA EL PAGO DE CUOTAS EN EL REGIMEN ESPECIAL DELA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR Y SE DISPONE LA EMISION MECANIZADA DEL MISMO Y SU CUMPLIMENTACION POR LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. ESTA REGULACION POSIBILITA LA APLICACION DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 75 DE LA ORDEN DE 23 DE OCTUBRE DE 1986, POR LA QUE SE DESARROLLA EL REAL DECRETO 716/1986, DE 7 DE MARZO, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACION DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 31) Y CUYA DISPOSICION ADICIONAL SEGUNDA, EN SU NUMERO 2, FACULTA A ESTA SECRETARIA GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL PARA QUE, A MEDIDA QUE LAS POSIBILIDADES DE GESTION LO PERMITAN, SE APLIQUE LO DISPUESTO EN DICHO ARTICULO EN RELACION CON LA DOMICILIACION DEL PAGO DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LAS OFICINAS RECAUDADORAS.

EN SU VIRTUD, ESTA SECRETARIA GENERAL PARA LA SEGURIDAD SOCIAL, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA CITADA DISPOSICION ADICIONAL, RESUELVE LO SIGUIENTE:

PRIMERO. LOS SUJETOS RESPONSABLES DEL PAGO DELAS CUOTAS FIJAS QUE DEBAN SATISFACER LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y AJENA INCLUIDOS EN EL CAMPO DE APLICACION DEL REGIMEN ESPECIAL AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LOS RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE COTIZAR EN EL REGIMEN ESPECIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR PODRAN REALIZAR EL INGRESO DE LAS CUOTAS DEBIDAS, MEDIANTE DOMICILIACION DE SU PAGO EN CUALQUIERA DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS AUTORIZADAS PARA ACTUAR COMO OFICINAS RECAUDADORAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y QUE TENGAN CONVENIDO CON LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL LA COMUNICACION EN SOPORTE MAGNETICO DE LAS OPERACIONES DERIVADAS DE DICHA DOMICILIACION, EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES REGULADAS EN EL ARTICULO 75 DE LA ORDEN DE 23 DE OCTUBRE DE 1986.

SEGUNDO. LAS SOLICITUDES DE DOMICILIACION DEL PAGO DE LAS CUOTAS, QUE PODRAN FORMULARSE EN CUALQUIER TIEMPO Y SURTIRAN EFECTOS A PARTIR DEL SEGUNDO MES SIGUIENTE AL DE LA SOLICITUD, DEBERAN EFECTUARSE MEDIANTE LA CUMPLIMENTACION DEL <BOLETIN DE DOMICILIACION> QUE SE ACOMPAÑA COMO ANEXO DE LA PRESENTE RESOLUCION.

TERCERO. EL SISTEMA DE PAGO POR DOMICILIACION A QUE SE REFIERE LA PRESENTE RESOLUCION UNICAMENTE SERA APLICABLE AL INGRESO DE LAS CUOTAS FIJAS DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y AJENA DEL REGIMEN ESPECIAL AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LAS CORRESPONDIENTES AL REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DE HOGAR DEVENGADAS A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 1988.

MADRID, 17 DE NOVIEMBRE DE 1987. EL SECRETARIO GENERAL, ADOLFO JIMENEZ FERNANDEZ.

ILMOS. SRES. DIRECTORES GENERALES DEL REGIMEN ECONOMICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DE REGIMEN JURIDICO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/11/1987
  • Fecha de publicación: 30/11/1987
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional segunda número 2 del Real Decreto 716/1986, de 7 de marzo (Ref. BOE-A-1986-9317).
Materias
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Empleados de Hogar
  • Recaudación
  • Recaudadores
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social
  • Trabajadores

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