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Documento BOE-A-1987-11337

Orden de 24 de abril de 1987 por la que se modifica el plazo para la reexportación de los contenedores previsto en el apartado C, norma tercera, del artículo 138 de las Ordenanzas de Aduanas.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 1987, páginas 13581 a 13581 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-11337
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/04/24/(2)

TEXTO ORIGINAL

El plazo de tres meses para la reexportación de los contenedores establecido en la norma tercera del apartado C del artículo 138 de las Ordenanzas de Aduanas se ha mostrado inoperante en los momentos de recesión del comercio mundial e insuficiente en otros casos como el de contenedores que han de sufrir una reparación.

Para resolver las dificultades presentadas parece aconsejable ampliar el plazo para la reexportación de los contenedores en régimen de importación temporal, solución que ya se ha adoptado por gran número de países.

Por ello, este Ministerio, en uso de sus facultades, ha dispuesto:

Primero.

Se modifica la norma tercera del apartado C del artículo 138 de las Ordenanzas de Aduanas, que quedará redactado como sigue:

«Tercera.–La reexportación de los contenedores, piezas, accesorios y equipos se efectuará dentro de los doce meses siguientes a la fecha de importación. Dicho plazo podrá ser prorrogado por las Aduanas por un tiempo no superior a la mitad del mismo.»

Madrid, 24 de abril de 1987.

SOLCHAGA CATALÁN

Ilmo. Sr. Director general de Aduanas e Impuestos Especiales.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/04/1987
  • Fecha de publicación: 09/05/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 29/05/1987
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 138.C).3 de las Ordenanzas aprobadas por Decreto de 17 de octubre de 1947 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1947-11795).
Materias
  • Aduanas
  • Contenedores
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Mercancías
  • Renta de Aduanas

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