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Documento BOE-A-1986-18368

Corrección de errores de la Orden de 31 de marzo de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de los Organismos Autónomos del Estado.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 1986, páginas 25033 a 25035 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-18368
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/03/31/(9)/corrigendum/19860710

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 122, de fecha 22 de mayo de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 18224, al final del preámbulo, donde dice: «Corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado las funciones específicas …», debe decir: «Corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado las funciones especificadas …».

En la regla 7, apartado 1.c), donde dice: «La intervención de las normas …», debe decir: «La interpretación de las normas …».

En el apartado 1.d) de la citada regla, donde dice: «… procedimientos de autoría …», debe decir: «… procedimientos de auditoría …».

En la página 18225, regla 19, donde dice: «anotación», debe decir: «anotación contable».

En la regla 26, párrafo tercero, donde dice: «Por las anulaciones de compromisos …», debe decir: «Por las anulaciones de compromisos de gastos …».

En la página 18226, regla 27, apartado b), donde dice: «... contraído simultáneos», debe decir: «. .. contraído simultáneo».

En la regla 28, donde dice: «... se elaborarán para cada Organismo ...», debe decir: «... se elaborarán por cada Organismo ...».

En las reglas 35 y 39, donde dice: «... se elaborarán para cada Organismo...», debe decir: «... se elaborarán por cada Organismo...».

En la regla 44, donde dice: «Diarios de Operaciones Presupuestarias», debe decir: «Diario de Operaciones Presupuestarias».

En la página 18228, regla 65, donde dice: «Libro General de Operaciones», debe decir: «Libro Diario General de Operaciones».

En las páginas 18228 y 18229, regla 67, en los asientos donde aparece la cuenta 002 y dice: « (002) Presupuesto de Gastos: Modificación crédito», debe decir: « (002) Presupuesto de Gastos: Modificaciones de crédito».

En las páginas 18230 y 18231, regla 75, donde aparece la cuenta 841: «Modificación obligatoria ejercicios anteriores», debe decir: «Modificación de de obligaciones de ejercicios anteriores».

En la página 18231, regla 75, donde dice: « (407) Obligaciones anuladas. Ejercicios prev. anteriores», debe decir. « (407) Obligaciones anuladas. Ejercicios previos al anterior».

En la misma regla 75, en las páginas 18230 y 18231, apartados a) y c), donde dice: «Anulación de obligación ...», debe decir: «Anulación de la obligación ...».

En el apartado b.2), donde aparece la cuenta 841: «Modif. oblig. Ej.° anterior», debe decir: « (841) Modif. obligaciones. Ejercicios anteriores».

En la página 18231, regla 78, donde dice: « (553) Acreedores pagos en firme a justificar», debe decir: « (553) Acreedores pagos en firme y a justificar».

En la página 18223, regla 87, en el punto 3, donde dice: «Por el importe del remanente de créditos», debe decir. «Por el importe del remanente de crédito».

En esta misma regla, donde dice: «0030 Créditos disponibles.-Por la diferencia entre la suma de los asientos indicados ..., por lo que dicha cuenta quedará saldada en este momento», debe Decir: «0030 Créditos disponibles.-Por el saldo que en este momento presente esta cuenta, quedando de esta forma saldada».

En la página 18234, regla 97, apartado a.3), donde dice: «Drchos. anulad. liquidaciones (4350)», debe decir: «Drchos. Anulados por Anulación liquidaciones (4350)».

En la página 18235, regla 101, apartado.b), donde dice: « (431) Deudores por derechos reconocidos. Ejercicios anteriores», debe decir: « (431) Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio anterior».

En la misma regla, en el apartado c), donde dice: « (432) Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio previo al anterior»; debe decir: « (432) Deudores por derechos reconocidos. Ejercicios previos al anterior».

En la página 18236, regla 105, donde dice: «... en el caso de pago de material ...», debe decir: «... en el caso de pago material ...».

En la misma regla, donde dice: «Derechos anulados por devolución ingresos (439)», debe decir: «Derechos anulados por devolución ingresos (4339)».

En la regla 109, apartado a.l), donde dice: « (4330) Derechos anulados por anulación liquidación», debe decir. « (4330) Derechos anulados por anulación liquidaciones».

En la misma regla, en el apartado a.2), donde dice: « (4340) Derechos anulados por anulación liquidación», debe decir: « (4340) Derechos anulados por anulación liquidaciones».

En el apartado a.3), donde dice: « (435) Derechos anulados. Ejercicio previo al anterior», debe decir. « (435) Derechos anulados. Ejercicios previos al anterior», y donde dice: « (432) Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio previo anterior», debe decir: « (432) Deudores por derechos reconocidos. Ejercicios previos al anterior».

En eI apartado b.2), donde dice: « (4341) Derechos anulados por insolvencia y otras causas», debe decir: « (4341) Derechos anulados por insolvencias y otras causas», y donde dice: «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio corriente (430)», debe decir: «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio anterior (431)».

En el apartado b.3) donde dice: « (435) Derechos anulados. Ejercicio anterior», debe decir: « (435) Derechos anulados. Ejercicios previos al anterior»; donde dice: « (4351) Derechos anulados por insolvencia y otras causas», debe decir: « (4351) Derechos anulados por insolvencias y otras causas», y donde dice: «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio previo al anterior (432)», debe decir: «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicios previos al anterior».

En la página 18237, apartado c), donde dice: « (435) Derechos anulados. Ejercicio previo al anterior», debe decir: « (435) Derechos anulados. Ejercicios previos al anterior, y donde dice: «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio previo al anterior (432)», debe decir: «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicios previos al anterior (432)».

En el apartado e), donde dice: «Devoluciones ingresadas (437)», debe decir: «Devolución de ingresos (437)».

En la página 18237, regla 111, donde dice: «... el siguiente asiento ...», debe decir: «el siguiente asiento ...», y donde dice: «Presupuesto de Ingresos: Previsiones deficitarias (008)», debe decir: «Presupuesto de Ingresos: Previsiones definitivas (008)».

En la regla 117, apartado a), donde dice: « (405)», debe decir « (450)».

En la página 18238, regla 119, donde dice: «Libro o Diario General», debe decir: «Libro Diario General».

En la regla 120, apartado c), donde dice: « (452) Acreedores oper. comerc. ej°. ant.», debe decir: « (452) Acreed. Oper. comerc. ejos. previos al anterior».

En la página 18239, regla 122, apartado c), donde dice: « (456) Deudores por operaciones comerciales. Ej. anterior», debe decir: « (457) Deudores por operaciones comerciales ejercicios previos al anterior», y donde dice: «Deudores ventas (4560)», debe decir: «Deudores ventas (4570)».

En la regla 124, donde dice: « (452) Acreedores operaciones comerciales ejercicio previo al anterior», debe decir: « (452) Acreedores operaciones comerciales. Ejercicios previos al anterior».

En la regla 125, apartado c), donde dice: «Deudores operaciones comerciales. Ejercicio previsto anterior (4579)», debe decir: «Deudores operaciones comerciales. Ejercicios previos al anterior (457)», y donde dice: «Deudores ventas (457)», debe decir: «Deudores ventas (4570)».

En la regla 127, donde dice: «... ejercicio anterior económico ...», debe decir: «... ejercicio económico ...».

En la página 18240, regla 136, donde dice: «Acreedores de obligaciones reconocidas ejercicio corriente (400)», debe decir: «Acreedores por obligaciones reconocidas. Ejercicio corriente (400)»; donde dice: « (290) Amortización anual inmobilizado material propio», debe decir: « (290) Amortización acumulada del inmobilizado material propio», y donde dice: «Resultado extraordinario inmovilizado (821)», debe decir: «Resultados extraordinarios del inmovilizado (821)».

En la página 18241, regla 137, donde dice: «Investigación de estudios y proyectos en curso (229)», debe decir. «Investigaciones, estudios y proyectos, en curso (229)».

En la regla 139, apartado 2, donde dice: « (290) o (291) Amortización acumulada inmovilizado material propio», debe decir: « (290) o (291) Amortización acumulada inmovilizado material».

En la página 18242, regla 141, donde dice:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 25034

En el apartado b), falta el número de la cuenta «Acreedores obligaciones reconoc. ej.° corriente», que es la cuenta 400.

Y donde dice:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 25035

En el apartado c), donde dice: « (254) Prest. a med. y lar. plaz. sect. públic.», debe decir: « (254) Prest. a med. y lar. plaz. al sect. público», y donde dice: «Prest. a corgo plazo sect. público (255)», debe decir: «Prest. a corto plazo al sect. público (255)».

En la página 18243, regla 147, apartado a), donde dice: «Acreedores de obligaciones reconocidas ejercicio corriente (400)», debe decir:

«Acreedores por obligaciones reconocidas ejercicio corriente (400)»; donde dice: «Fianza a medio y largo plazo (270)», debe decir: «Fianzas a medio y largo plazo (270)», y donde dice: «Fianza a corto plazo (540)», debe decir: «Fianzas a corto plazo (540)».

En la regla 150, apartado 1.º, donde dice:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 25035

En el apartado 2.º a), donde dice: « (293) Provisiones de reparaciones extraordinarias», debe decir: « (293) Provisión por reparaciones extraordinarias».

En la página 158, apartado 1.º, donde dice: «Previsiones de depreciaciones de terrenos (294)», debe decir: «Provisión por depreciación de terrenos (294)».

En el apartado 2.°, donde dice: «... la dotación de la previsión ...», debe decir: «... la dotación de la provisión …», y donde dice: « (294) Provisiones por depreciación de terrenos», debe decir: « (294) Provisión por depreciación de terrenos».

En la regla 159, donde dice: «Provisiones de depreciaciones de inversiones financieras permanentes (295)», debe decir: «Provisión por depreciación de inversiones financieras permanentes (295».

En la página 18245, regla 162, donde dice: «Provisión por insolvencias», debe decir: «Provisión para insolvencias»; donde dice: (69-), (49-), (79-), debe decir: (694), (490), (794), respectivamente.

En la misma regla, apartado c), en el primer párrafo, donde dice: «Insolvencia producida en el ejercicio siguiente al de reconocimiento del derecho», debe decir: «Insolvencia producida en el mismo ejercicio que el del reconocimiento del derecho».

En la página 18246, regla 171, donde dice: «Presupuesto de gastos en ejercicios posteriores. Año 1», debe decir: «Presupuesto de gastos de ejercicios posteriores. Año 1».

En la página 18248, regla 178, apartado c), donde dice: «2, 9, 20 y 11», debe decir: «2, 9, 10 y 11».

En la regla 186, donde dice: «mimo», debe decir: «mismo».

En la regla 190, al hablar del subgrupo 80, donde dice: «... las de ingresos 7 ...», debe decir: «... las de ingresos del grupo 7 ...», y donde dice: «… para diferencias entre ...», debe decir: «... para diferenciar entre ...».

En la página 18249, regla 198, donde dice: «... tres partes independientes», debe decir: «... tres partes interdependientes».

En la página 18252, Anexo 1, donde dice: «407. Obligaciones anuladas. Ejercicios previstos al anterior», debe decir: «407. Obligaciones anuladas. Ejercicios previos al anterior.

En la página 18257, la cuenta 434. Derechos anulados. Ejercicio anterior, su apartado b), donde dice: «b) Se carga con abono a la cuenta 432 “Deudores por derechos reconocidos. Ejercicios previos al anterior”, por la regularización de las anulaciones de derechos liquidados en ejercicios previos al anterior. Este asiento se hará en fin de ejercicio.

Su saldo, acreedor, recogerá las anulaciones de derechos liquidados en ejercicios previos al anterior.» Debe decir:

«b) Se carga con abono a la cuenta 431 «Deudores por derechos reconocidos. Ejercicio anterior» por la regularización de las anulaciones de derechos liquidados en el ejercicio anterior. Este asiento se hará en fm de ejercicio.

Su saldo, acreedor, recogerá las anulaciones de derechos liquidados en el ejercicio anterior.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/07/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 1 de febrero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-2530).
  • Fecha de derogación: 27/02/1996
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 31 de marzo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-12441).
Materias
  • Contabilidad
  • Organismos autónomos

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