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Documento BOE-A-1986-15843

Orden de 26 de mayo de 1986 por la que se modifica la de 15 de octubre de 1985, sobre delegación de atribuciones en los Directores provinciales del Instituto Nacional de Empleo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1986, páginas 21991 a 21992 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1986-15843
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/05/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

ILMOS. SRES.: RAZONES DE OPERATIVIDAD EN ORDEN A CONSEGUIR UNA MAYOR AGILIDAD EN LA DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA ACONSEJAN AMPLIAR LAS FACULTADES DELEGADAS POR EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN LOS DIRECTORES PROVINCIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, EN EL ARTICULO 11 DE LA ORDEN DE 15 DE OCTUBRE DE 1985 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 12 DE NOVIEMBRE), SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES EN EL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, ASI COMO LAS DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, ESTABLECIDAS EN EL NUMERO 4 DEL ARTICULO 21 DE LA CITADA ORDEN, AMPLIANDOSE, EN CONSECUENCIA, EL ARTICULO 11, Y MODIFICANDOSE EL ARTICULO 21.4, QUEDANDO REDACTADOS EN LOS TERMINOS QUE A CONTINUACION SE INDICAN:

ARTICULO 11. SE APRUEBA LA DELEGACION DEL SUBSECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN LOS DIRECTORES PROVINCIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, PARA LA CONTRATACION EN REGIMEN LABORAL DE PROFESORES PARA IMPARTIR CURSOS DE FORMACION PROFESIONAL CUANDO EL CONTRATO SEA PARA OBRA O SERVICIO DETERMINADO. DE DICHOS CONTRATOS SE DARA CUENTA AL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL EN EL PLAZO MAXIMO DE QUINCE DIAS.

SE APRUEBA LA DELEGACION DEL SUBSECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL EN LOS DIRECTORES PROVINCIALES Y JEFES DE LAS SECCIONES DELEGADAS DE CEUTA Y MELILLA DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO PARA LA CONTRATACION EN REGIMEN LABORAL DE PERSONAL PARA LA EJECUCION DE TAREAS DE CARGA Y DESCARGA Y OTRAS DE CARACTER ESPORADICO, QUE NO SUPEREN LOS QUINCE DIAS DE DURACION.

ARTICULO 21. SE APRUEBA LA DELEGACION DE FACULTADES EN MATERIA DE AUTORIZACION DE GASTO, ORDENACION DE PAGO Y CONTRATACION DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, CON EL ALCANCE Y HASTA LAS CUANTIAS QUE A CONTINUACION SE ESPECIFICAN:

4. EN LOS DIRECTORES PROVINCIALES Y JEFES DE SECCIONES DELEGADAS DE CEUTA Y MELILLA DEL INSTITUTO, EN EL AMBITO DE SUS PROPIAS CIRCUNSCRIPCIONES TERRITORIALES, Y DENTRO DEL LIMITE DE LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS HABILITADOS A LA DIRECCION PROVINCIAL, O SECCION DELEGADA, Y CENTROS DE GASTO DEPENDIENTES DE LA MISMA.

A) AUTORIZAR Y DISPONER GASTOS ORDINARIOS, ASI COMO SUS CORRESPONDIENTES PAGOS, HASTA EL LIMITE DE 3.000.000 DE PESETAS.

B) CELEBRAR CONTRATOS PARA LA EJECUCION DE OBRAS POR EL SISTEMA DE CONTRATACION DIRECTA A QUE SE REFIERE LA LEGISLACION DE CONTRATOS DEL ESTADO, SIEMPRE QUE LA CUANTIA DE LOS MISMOS NO EXCEDA DE 5.000.000 DE PESETAS.

C) CELEBRAR CONTRATOS DE SUMINISTROS CUYO IMPORTE NO EXCEDA DE 3.000.000 DE PESETAS, EN CADA CASO, CON EXCEPCION DE LOS QUE SEAN OBJETO DE ADQUISICION CENTRALIZADA A TRAVES DEL SERVICIO CENTRAL DE SUMINISTROS.

D) CELEBRAR CONTRATOS DE ASISTENCIA CON EMPRESAS CONSULTORAS, O PARA LA REALIZACION DE TRABAJOS ESPECIFICOS Y CONCRETOS NO HABITUALES EN EL INSTITUTO, REGULADOS POR EL DECRETO 1005/1974, DE 4 DE ABRIL, Y EL REAL DECRETO 1465/1985, DE 17 DE JULIO, Y LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, DE ACUERDO CON LA LEGISLACION VIGENTE.

LA FACULTAD PARA CELEBRAR ESTOS CONTRATOS LLEVA IMPLICITA LOS DE APROBACION DEL PROYECTO, EN SU CASO, AUTORIZACION Y DISPOSICION DEL GASTO Y DE ORDENACION DE SU PAGO, PREVIA LA CORRESPONDIENTE FISCALIZACION, ADJUDICACION DEL CONTRATO Y FORMALIZACION DEL MISMO, Y, EN GENERAL, TODAS LAS FACULTADES QUE LA LEY DE CONTRATOS DEL ESTADO Y SU REGLAMENTO EJECUTIVO ATRIBUYEN AL ORGANO DE CONTRATACION, SALVO LA APROBACION DE LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y DEL PLIEGO DE BASES DEL SUMINISTRO QUE SE DELEGA, EN TODO CASO, EN EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTION ECONOMICA Y PRESUPUESTARIA Y EN EL JEFE DEL SERVICIO DE PATRIMONIO, OBRAS Y SERVICIOS.

LO QUE COMUNICO A VV. II.

MADRID, 26 DE MAYO DE 1986.

ALMUNIA AMANN ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO, SECRETARIO GENERAL DE EMPLEO Y RELACIONES LABORALES, DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, DIRECTORES PROVINCIALES DEL DEPARTAMENTO Y DIRECTORES PROVINCIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/05/1986
  • Fecha de publicación: 17/06/1986
  • Fecha de derogación: 29/12/1990
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Instituto Nacional de Empleo
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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