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Documento BOE-A-1985-7274

Corrección de errores de la Orden de 15 de abril de 1985, sobre normas técnicas de las griferías sanitarias para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 1985, páginas 11759 a 11759 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1985-7274
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/04/15/(3)/corrigendum/19850427

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden sobre normas técnicas de las griferías sanitarias para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos, y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 95, del día 20 de abril de 1985, al haberse omitido la publicación del anexo a que en la misma se hace referencia, procede su publicación:

ANEXO
Características exigidas, métodos y condiciones de ensayo

1. Terminología básica.

1.1 Los grifos se denominarán según la terminología definida en la norma UNE-19702. «Grifería Sanitaria. Terminología».

1.2 Familia. Un determinado conjunto de grifos, se agrupan dentro de una familia, cuando estando adaptados a su función específica (lavabo, baño, etc.), tienen una construcción bien definida en lo que se refiere a elementos constituyentes básicos, pudiendo diferir en cuanto a elementos secundarios, como crucetas, reguladores de chorro, revestimiento, etc.

1.3 Serie. Conjunto de grifos dentro de una familia que conllevan la misma cruceta.

1.4 Modelo. Grifo con una estructura y aplicación determinada.

2. Características exigidas.

Las griferías sanitarias para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos, cumplirán las características de construcción, físico-químicas, estado de superficies vistas, características mecánicas e hidráulicas, especificadas en la norma UNE-19703 (I). «Grifería Sanitaria. Especificaciones técnicas».

3. Métodos y condiciones de ensayos.

La verificación de características se efectuará de acuerdo con las prescripciones de norma UNE-19703 (I).

Los controles y ensayos comprenden:

3.1 Características generales de construcción y aspecto.

3.2 Calidad de las soletas.

3.3 Calidad del revestimiento.

3.4 Estanqueidad y no intercomunicación.

3.5 Resistencia mecánica.

3.6.1 Duración de la montura o del mecanismo de cierre y mezcla.

3.6.2 Duración del inversor.

3.6.3 Duración del caño orientable.

3.7.1 Caudales.

3.7.2 Dispersión del chorro.

4. Modelos a ensayar.

4.1 Cuando un conjunto de grifos forman una familia, no es preciso ensayar individualmente todos los modelos, sino que bastará ensayar:

Tres grifos por modelo y por tamaño, para los ensayos 3.1, 3.3, 3.4, 3.5 y 3.7.

Dos grifos por cada sistema y tamaño de:

Montura o mecanismo de cierre y mezcla para el ensayo 3.6.1.

Inversor para el ensayo 3.6.2.

Caño orientable para el ensayo 3.6.3.

Seis soletas por cada sistema y tamaño de montura para el ensayo 3.2.

4.2 Cuando dos grifos difieran únicamente en la cruceta bastará complementar para la segunda cruceta los ensayos y controles correspondientes a los puntos 3.1 y 3.3.

4.3 Cuando dos grifos difieran únicamente en el revestimiento bastará complementar para la segunda los ensayos y controles correspondientes al punto 3.3.

4.4 Dos grifos que difieran únicamente en la señalización de la temperatura de servicio, se considerarán como equivalentes.

5. Precisión de las mediciones.

La precisión de las mediciones estarán comprendidas dentro de los límites siguientes:

Caudales. ± 3 por 100
Temperaturas. ± 0,5º C
Presiones absolutas. ± 1 por 100
Fuerzas y pares. ± 5 por 100

6. Informe del ensayo.

6.1 En el informe del ensayo deberán reseñarse claramente los resultados de los controles y ensayos relacionados en el capítulo 3 para cada uno de los modelos de grifos objeto de homologación.

6.2 El informe incluirá la siguiente documentación, que será debidamente verificada por el laboratorio:

‒ Ficha técnica.

‒ Instrucciones de montaje o instalación del grifo. Instrucciones o mantenimiento, en los casos que se considere necesario.

7. Marcado.

Además de la marca de conformidad con la producción, los grifos incorporarán de forma indeleble la marca del fabricante.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/04/1985
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 15 de abril de 1985 (Ref. BOE-A-1985-6435).
Materias
  • Fontanería
  • Grifería
  • Homologación

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