Advertido error en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 305, de 21 de diciembre de 1984, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 36866, Anejo, columna «GATT», correspondiente a la P.A. 10.07, debe eliminarse la referencia «63.3».
Página 36866, columna «mercancía», correspondiente a la P. A. 25.01, donde dice: «... sal de salinas,sal marinina...», debe decir: «... sal de salinas, sal marina...».
Página 36867, columna «mercancía», correspondiente a la P. A. 39.01, donde dice: «... (inluidos los polietilengiicoles...)», debe decir: «... (incluidos los polietilenglicoles...)».
Página 36868, columna «mercancía», correspondiente a la subpartida arancelaria 73.18.B.II, donde dice: «... y eventualmente el 0,50 o menos de molibdeno», debe decir: «... y eventualmente el 0,50 por l00 o menos de molibdeno».
Pagina 36868, columna «mercancía», correspondiente a la subpartida arancelaria 73.18.B.III, donde dice: «... sin soldadura y los de acero no aleados...», debe decir: «... sin soldadura y los de aceros no aleados...».
Página 36868, columna «mercancía», correspondiente a la subpartida 73.18.8.B.III.c, donde dice: «... de calor de la subpartida arancelaria 84.17.C.I.»,debe decir: «... de calor de la subpartida arancelaria 84.17.C.I (*).
Página 36868, columna «mercancía», correspondiente a la subpartida 76.06,donde dice: «l. Sin alear» «2. Aleados», debe decir: «l. Sin alear» «11. Aleados».
Página 36869, columna «mercancía», correspondiente a la subpartida arancelaria 84.IO.B.I, donde dice: «...destinadas a aeronoves civiles», debe decir: «destinadas a aeronaves civiles».
Página 36869, columna «derecho normal», correspondiente a la subpartida arancelaria 84.IO.B.II.a).33.a., donde dice: «24», debe decir: «41,5».
Página 36869, columna «mercancía»,correspondiente a la subpartida arancelaria 84.l0.B.II.b.2, donde dice: «pistones, cilindros, y válvulas... en motores explosión o de combustión interna», debe decir: «pistones, cilindros y válvulas... en motores de explosión o de combustión interna».
Página 36870, columna «mercancía», correspondiente a la partida 84.59, debe añadirse: «Queda suprimida la subpartida 84.59.E.III».
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