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Documento BOE-A-1984-9206

Orden de 12 de abril de 1984 por la que se establecen Administraciones de Hacienda en la Delegación de Hacienda Especial de Castilla y León.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1984, páginas 11155 a 11155 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1984-9206
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/04/12/(16)

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de llevar a cabo el proceso de establecimiento de Administraciones de Hacienda, y haciendo uso de la autorización que concede la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, procede aprobar la relación completa de Administraciones que han de funcionar, incluyendo en ella, por tanto, también las ya establecidas, estén o no en funcionamiento.

Esta relación se debe hacer para cada Delegación de Hacienda especial, con el fin de presentar con criterios de uniformidad una nueva realidad que proporcione mayor eficacia a la gestión tributaria.

En su virtud,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-En el ámbito territorial de la Delegación de Hacienda especial de Castilla y León existirán las siguientes Administraciones de Hacienda:

1. Delegación de Hacienda de Burgos:

a) Aranda de Duero.

b) Miranda de Ebro.

2. Delegación de Hacienda de León:

a) Astorga

b) Ponferrada.

3. Delegación de Hacienda de Palencia:

a) Aguilar de Campoo. 4. Delegación de Hacienda de Salamanca:

a) Béjar.

b) Ciudad Rodrigo.

5. Delegación de Hacienda de Valladolid:

a) Medina del Campo.

b) Valladolid (capital).

6. Delegación de Hacienda de Zamora:

a) Benavente.

Segundo.-El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda, a que se refiere el número anterior, es el que se señala en el anexo que se acompaña a esta Orden.

Tercero.-La distribución de Administraciones de Hacienda que se establece en el número primero para la Delegación de Hacienda especial de Castilla y León sustituye, en su caso, a la prevista en Ordenes anteriores para las respectivas Delegaciones de Hacienda.

Cuarto.-Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.

Madrid, 12 de abril de 1984.-P D., el Secretario de Estado de Hacienda, José Borrell Fontelles.

ANEXO

Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda

1. Delegación de Hacienda de Burgos:

a) Administración de Aranda de Duero.-Abarca el área de la Zona Recaudatoria de Aranda de Duero.

b) Administración de Miranda de Ebro.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Miranda de Ebro y Briviesca.

2. Delegación de Hacienda de León:

a) Administración de Astorga.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Astorga y La Bañeza.

b) Administración de Ponferrada.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Ponferrada I y Ponferrada II.

3. Delegación de Hacienda de Palencia:

a) Administración de Aguilar de Campoo.-Abarca el área da la Zona Recaudatoria de Cervera de Pisuerga y los siguientes términos: Ayuela, Bascones de Ojeda, Buenavista de Valdavia, Calahorra de Boedo, Collazos de Boedo, Congosto de Valdavia, Dehesa de Romanos, Fresno del Río, Herrera de Pisuerga, Mantinos, Olea de Boedo, Páramo de Boedo, Pino del Río, Poza de la Vega, La Puebla de Valdavia, Revilla de Collazos, Saldaña, San Cristóbal de Boedo, Santervás de la Vega Sotobañado y Priorato, Tabanera de Valdavia, Valderrábano, Villabasta, Villaeles de Valdavia, Villalba de Guardo, Villaluenga de la Vega, Villanuño de Valdavia, Villasila de Valdavia y Villota del Páramo.

4. Delegación de Hacienda de Salamanca:

a) Administración de Béjar.-Abarca el área de la Zona Recaudatoria de Béjar y los términos de Berrocal de Salvatierra, Casafranca, Endinal de la Sierra, Fuenterroble Salvatierra, Guijuelo, Monleón, Montejo, Pizarral de Salvatierra, Salvatierra de Tormes, Los Santos y La Tala.

b) Administración de Ciudad Rodrigo.-Abarca el área de la Zona Recaudatoria de Ciudad Rodrigo y los términos de Ahigal de los Aceiteros, Bañobárez, Bermellar, Bogajo, Cerralbo, Fregeneda, Fuenteliante, Hinojosa de Duero, Lumbrales, Olmedo de Camaces, Puertas, San Felices de los Gallegos, Sobradillo, Villares de Yeltes, Villavieja de Yeltes, Aldeanueva de la Sierra y Tamames.

5. Delegación de Hacienda de Valladolid:

a) Administración de Medina del Campo.-Abarca el área de la Zona Recaudatoria de Medina del Campo y los términos de Alcazaren, Cogeces de Iscar, Iscar, Megeces y Pedrajas de San Esteban.

b) Administración de Hacienda de Valladolid, capital.-Abarca los distritos postales 6, 7, 9 y 14 y las Zonas Recaudatorias de Medina de Rioseco, Valladolid Pueblos, Peñafiel y Tordesillas.

6. Delegación de Hacienda de Zamora:

a) Administración de Benavente.-Abarca el área de las Zonas Recaudatorias de Benavente, Puebla de Sanabria y Villalpando.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/04/1984
  • Fecha de publicación: 23/04/1984
Referencias anteriores
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Castilla y León
  • Comunidades Autónomas
  • Delegaciones de Hacienda
  • Ministerio de Economía y Hacienda

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