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Documento BOE-A-1984-8733

Corrección de errores del Real Decreto 542/1984, de 8 de febrero, sobre transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de sanidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 1984, páginas 10376 a 10376 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1984-8733
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/02/08/542/corrigendum/19840412

TEXTO ORIGINAL

Adertido error por omisión de las cláusulas generales sobre utilización de las superficies transferidas y error de mención de un párrafo en el anexo del Real Decreto 542/1984, de 8 de febrero, de 8 de febrero, sobre transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La rioja en materia de sanidad, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 69, de 21 de marzo de 1984, se transcriben las oportunas rectificaciones:

En la página 7760, apartado f), donde dice: «… relacionadas en el párrafo j)…», debe decir: «… relacionadas en el párrafo k)…».

A continuación del cuadro número 28, en la página 7767, deben aparecer las clásulas generales que se insertan a continuación:

CLAUSULAS GENERALES

Primera.-Los funcionarios no transferidos, dependientes del Ministerio de Sanidad y Consumo, incluidos los que realicen actividades relacionadas con el área del consumo, y del Organismo Autónomo AISNA continuarán utilizando, sin limitación alguna, las superficies administrativas o de otra índole que en el momento de la transferencia estuviesen ocupando. Dicha utilización, que no llevará aparejada contraprestación alguna, se entenderá vigente hasta el momento del cambio de destino de los afectados o de quienes les sucedan en la plaza.

Segunda.-Las transferencias se extienden al mobiliario y equipo que estuviese afectado al uso de los funcionarios transferidos, quedando, por tanto, excluido el correspondiente a los no transferidos.

Tercera.-Los laboratorios de la Comunidad Autónoma prestarán los servicios que sean necesarios y que sean solicitados por los representantes del Ministerio de Sanidad y Consumo.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/04/1984
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 542/1984, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-1984-6760).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • La Rioja
  • Sanidad

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