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Documento BOE-A-1984-5465

Orden de 29 de febrero de 1984 por la que se fijan, provisionalmente, los precios a que deben facturarse los carbones destinados a centrales térmicas desde 1.º de enero de 1984.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 1984, páginas 6049 a 6049 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1984-5465
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/02/29/(1)

TEXTO ORIGINAL

EN TANTO SE DETERMINAN LOS PRECIOS PARA 1984 DE LOS CARBONES TERMOELECTRICOS , DADAS LAS NODALIDADES PREVISTAS EN EL SISTEMA DE DISTRIBUCION SEGUIDO EN EL AÑO ANTERIOR Y CON OBJETO DE QUE LAS EMPRESAS SUMINISTRADORAS MANTENGAN PERCEPCIONES SIMILARES A LAS DE 1983

ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER: ARTICULO UNICO.-TODOS LOS CARBONES ADQUIRIDOS POR CENTRALES ELECTRICAS DESDE EL 1 DE ENERO DE 1984, SIN DISTINGUIR SU PROCEDENCIA, SE FACTURARAN, PROVISIONALMENTE, SEGUN LOS PRECIOS DE VENTA QUE RESULTEN DE APLICAR LAS FORMULAS DE CALIDAD VIGENTES , SEGUN LA ORDEN MINISTERIAL DE 25 DE ABRIL DE 1983, CON LOS SIGUIENTES VALORES:

(TABLA OMITIDA).

MADRID, 29 DE FEBRERO DE 1984.-SOLCHAGA CATALAN.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/02/1984
  • Fecha de publicación: 05/03/1984
  • Fecha de derogación: 13/04/1984
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Carbón
  • Energía eléctrica
  • Precios

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