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Documento BOE-A-1984-26692

Recurso de inconstitucionalidad número 426/84, planteado por el Presidente del Gobierno, contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 6/1984, de 5 de marzo, de Sindicatura de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1984, páginas 34929 a 34929 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1984-26692

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 22 de noviembre corriente, ha acordado mantener la suspensión de la vigencia y aplicación de los artículos 2.2; 5, b) y 9.1 de la Ley del Parlamento de Cataluña 6/1984, de 5 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas, impugnados en el recurso de inconstitucionalidad número 426/1984, planteado por el Presidente del Gobierno, cuya suspensión se dispuso, por aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, por providencia de 13 de junio del corriente año.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 22 de noviembre 1984.-El Vicepresidente del Tribunal Constitucional, Jeronimo Arozamena Sierra.

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 22/11/1984
  • Fecha de publicación: 04/12/1984
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el mantenimiento de la suspensiónde los arts. 2.2, 5 B) y 9.1 en el recurso 426/1984, en relación con la Ley 6/1984, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-1984-14432) y (Ref. BOE-A-1984-8410).
Materias
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Cuentas Generales de las Comunidades Autónomas
  • Tribunal Constitucional

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