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Documento BOE-A-1984-26624

Real Decreto 2158/1984, de 28 de noviembre, por el que se establece el calendario laboral para el año 1985.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 1984, páginas 34853 a 34853 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1984-26624
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1984/11/28/2158

TEXTO ORIGINAL

Prevista en el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, que desarrolla a su vez el artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores, la regulación de las fiestas de ámbito nacional que se incluirán en el calendario laboral de cada año como díns inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, en aquellos supuestos que no coincidan en domingo, se establece por el presente Real Decreto el calendario laboral de fiestas para el año 1985.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, previa deliberación del Conseio de Ministros en su reunión del día 28 de noviembre de 1984, dispongo:

Artículo 1. Los días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperablea, en el año 1985 serán los siguientes:

- 1 de enero: Año Nuevo.

- 19 de marzo: San José.

- 4 de abril: Jueves Santo.

- 5 de abril: Viernes Santo.

- 8 de abril: Lunes de Pascua de Resurrección.

- 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.

- 6 de junio: Corpus Christi.

- 25 de julio: Santiago Apóstol.

- 15 de agosto: Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre: Fiesta Nacional de España y la Hispanidad.

- 1 de noviembre: Todos los Santos.

- 25 de diciembre: Natividad del Señor.

Art. 2. En los términos previstos en el artículo 45, apartado 3, del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, las Comunidades Autónomas podrán sustituir las fiestas que de acuerlo con tal norma procedan de entre las señaladas en el artículo anterior.

Dado en Madrid a 28 de noviembre de 1984.-JUAN CARLOS R.-El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Joaquín Almunia Amann.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/11/1984
  • Fecha de publicación: 03/12/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 23/12/1984
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 290 de 4 de diciembre de 1984 (Ref. BOE-A-1984-26699).
Referencias anteriores
Materias
  • Descanso laboral
  • Fiestas
  • Trabajo

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