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Documento BOE-A-1984-17111

Resolución de 16 de julio de 1984, de la Secretaría General Técnica de Presidencia, por la que se rectifican errores advertidos en la Ley 2/1984, de 9 de febrero, de modificaciones de crédito en el presupuesto de Inversiones por importe de 22.500.000 pesetas, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" con fecha 6 de abril de 1984.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1984, páginas 22229 a 22229 (1 pág.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1984-17111

TEXTO

Advertidos errores en el texto de la Ley 2/1984, de 9 de febrero, de modificaciones de créditos en el presupuesto de inversiones por importe de 22.500.000 pesetas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 6 de abril de 1984, por omisión de algunos párrafos y ordenación de otros, se publica a continuación de la presente Resolución texto completo de la citada Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 16 de julio de 1984.-El Secretario genere] Técnico, Fernando Bermejo Cabrero.

«LEY de 9 de febrero de 1984 de modificaciones de crédito en el Presupuesto de Inversiones por importe de 22.500.000 pesetas.

Aprobada por la Asamblea de Madrid la Ley 2/1984 publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 49, de fecha 27 de febrero de 1984, se inserta a continuación el texto correspondiente.

EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Hago saber: Que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo en nombre del Rey, promulgo.

Artículo 1.º a) Se concede un suplemento de crédito por importe de 20.000.000 de pesetas al presupuesto en vigor del programa 171. «Hospital Provincial Grupo de Agudos», partida 6610.4310, «Otras inversiones».

b) Se concede un crédito extraordinario por importe de 2.500.000 pesetas al presupuesto en vigor del programe 191, «Residencia de ancianos de Aranjuez», partida 6610 5320, «Otras inversiones».

Art. 2.º La financiación de los citados créditos se realizará con cargo al disponible existente en la partida 6210 6242. «Construcción de edificios», del programa 13, «Edificios provinciales», y que procede del remanente de crédito incorporado al vigente presupuesto de inversiones de 1983 de la liquidación del mismo presupuesto correspondiente a 1982.

DISPOSICION FINAL

La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar. Madrid, 9 de febrero de 1984.

JOAQUIN LEGUINA HERRAN.

Presidente de la Comunidad

(«Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 49, de 27 de febrero de 1984.)

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