En el Consejo de Ministros del día 20 de junio de 1984 se ha adoptado el siguiente acuerdo:
<1. La tarifa general de suministro de agua por el Canal de Isabel II pasa a ser de 30,24 pesetas por metro cúbico, que podrá ampliarse asimismo, a los suministros derivados del artículo 7 del Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguas del Canal de Isabel II.
La bonificación para los usuarios cuyo consumo medio diario no supere 200 litros por vivienda abastecida se eleva a 30,24 pesetas por metro cúbico.
2. El importe trimestral en pesetas de la cuota de servicio pasa a ser de 2,35 multiplicado por la suma del quíntuple del diámetro expresado en milímetros más el cuadrado del mismo. Fórmula omitida.
3. La elevación de la tarifa de consumo no supondrá repercusión económica en el precio de las aguas que adquiere el Canal de sus empresas suministradoras.
4. Las nuevas tarifas entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 22 de junio de 1984.-El Subsecretario, Baltasar Aymerich Corominas.
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