Vista la propuesta del Rectorado de la Universidad del País Vasco en solicitud del desdoblamiento de las asignaturas <Didáctica de la Sección de Matemáticas> y <Didáctica de la Sección de Lengua y Literatura>, del plan de estudios de la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de Educación General Básica, de Bilbao, dependiente de la Universidad del País Vasco;
Considerando que esta propuesta ha sido informada favorablemente por la Junta de Gobierno de la Universidad del País Vasco, y de acuerdo con lo establecido en la Orden ministerial de fecha 13 de junio de 1977 (<Boletín Oficial del Estado> del 25), y visto el dictamen favorable emitido por la Junta Nacional de Universidades con fecha 20 de octubre de 1983,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.- Se aprueba el desdoblamiento de la asignatura <Didáctica de la Sección de Matemáticas> en dos asignaturas denominadas <Didáctica de las Ciencias> y <Didáctica de las Matemáticas>. E igualmente el desdoblamiento de la asignatura <Didáctica de la Sección de Lengua y Literatura> en dos asignaturas denominadas <Didáctica de la Lengua> y <Didáctica de la Literatura>.
Segundo.- Este desdoblamiento de asignaturas no supone aumento de gasto público.
Madrid, 10 de noviembre de 1983.- P. D. (Orden ministerial de 27 de marzo de 1982), el Director general de Enseñanza Universitaria, Emilio Lamo de Espinosa.
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