Está Vd. en

Documento BOE-A-1983-29110

Real Decreto 2811/1983, de 13 de octubre, por el que se modifica la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de pastas alimenticias.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 1983, páginas 30388 a 30388 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1983-29110
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1983/10/13/2811

TEXTO ORIGINAL

La experiencia adquirida en la aplicación de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de pastas alimenticias ha puesto de manifiesto la necesidad de aclarar el contenido del apartado 10 del artículo 15 e la Reglamentación aludida, de acuerdo con la redacción dada en el artículo 4. del Real Decreto 1771/1976, de 2 de julio.

En su virtud, previo informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de octubre de 1983, dispongo:

Artículo unico.- El apartado 10 del artículo 15 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria aprobada por el Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre, en la redacción dada por el artículo 4. del Real Decreto 1771/1976, de 2 de julio, queda redactado en los siguientes términos:

<10. Fecha de fabricación y período máximo de consumo para las pastas rellenas y las frescas. Será necesaria además la mención "conservación en frio" en las pastas frescas, ya sean simples, compuestas o rellenas.>

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Lo dispuesto en el presente Real Decreto sera exigible hasta la entrada en vigor de la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios envasados, aprobada por Real Decreto 2058/1982, de 12 de agosto, en cuyo momento sera de aplicación la misma.

Segunda.- El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Dado en Madrid a 13 de octubre de 1983.- JUAN CARLOS R.- El Ministro de la Presidencia, Javier Moscoso del Prado y Muñoz.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 13/10/1983
  • Fecha de publicación: 11/11/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 11/11/1983
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 10 del art. 15 de la Reglamentación aprobada por Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre (Ref. BOE-A-1975-19200).
  • CITA:
Materias
  • Comercio
  • Pastas alimenticias
  • Reglamentaciones técnico-sanitarias

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid