La Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 25 de julio de 1983 sobre competencias en la prestación del Servicio Facsímil, faculta a la Dirección General de Correos y Telecomunicación para dictar cuantas disposiciones considere oportunas para la ejecución, interpretación y desarrollo de la misma.
En su virtud, esta Dirección General tiene a bien disponer:
1. La Subdirección General de Telecomunicación tendrá a su cargo la explotación del Servicio Facsímil público, bajo sus distintas acepciones, en las oficinas públicas.
2. Se faculta a la Subdirección General de Telecomunicación para coordinar con la Compañía Telefónica Nacional de España el establecimiento de la normativa necesaria para el recíproco interfuncionamiento entre las citadas oficinas públicas y los terminales facsímil de abonado.
Madrid, 18 de octubre de 1983-El Director general, Ramón Soler Amaro.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid