Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 187, de 6 de agosto de 1983, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Página 21854, segunda columna, línea 13, donde dice: «E.2-2) Si la producción obtenida se encuentra en la concesión base y la concesión anual …», debe decir: «E.2-2) Si la producción obtenida se encuentra entre la concesión base y la concesión anual…» Página 21857, primera columna, capítulo 8.º, artículo 57, párrafo segundo, línea 6, donde dice: «por un representante del cultivador, debidamente acreditado por dos testigos ajenos al Servicio», debe decir: «por un representante del cultivador, debidamente acreditado, o por dos testigos ajenos al Servicio».
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