Ilustrísimo señor:
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2.º y 4.º de la Orden ministerial de fecha 25 de marzo de 1982 por la que se declara la existencia oficial de las plagas del encinar «Tortrix viridana» y lepidópteros defoliadores asociados y su tratamiento obligatorio,
Esta Dirección General tiene a bien disponer:
Las zonas de tratamiento obligatorio contra «Tortrix viridana» y lepidópteros defoliadores asociados de la encina para la presente campaña serán las que figuran en el anejo de esta Resolución.
La técnica de tratamiento a emplear consistirá en la aplicación aérea de un litro de «Malathion ULV» por hectárea, mediante atomizadores rotatorios.
El Servicio de Defensa contra Plagas e Inspección Fitopatológica, de esta Dirección General, auxiliará los trabajos de extinción de estas plagas, mediante la aportación gratuita del producto necesario para el tratamiento aéreo, corriendo a cargo del agricultor los gastos correspondientes a la aplicación aérea; todo ello a través de los concursos que para estos fines están establecidos.
La organización, ejecución y dirección de los tratamientos corresponderá a los Servicios de Protección de los Vegetales u órganos análogos propios que tengan atribuida competencia de sanidad vegetal de los Entes Territoriales.
Las Cámaras Agrarias Provinciales y Locales serán las encargadas de la recaudación de la parte correspondiente a los agricultores para el pago de la aplicación aérea.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 31 de marzo de 1982.‒El Director general, Antonio Herrero Alcón.
Ilmo. Sr. Subdirector general, Jefe del Servicio de Defensa contra Plagas e Inspección Fitopatológica.
Provincia de Badajoz
Zonas de los términos municipales de Alconchel, Badajoz, Cheles, Olivenza y Valverde de Leganés.
Provincia de Cáceres
Zonas de los términos municipales de Malpartida de Plasencia, Navalmoral de la Mata, Plasenzuela y Torrejón el Rubio.
Provincia de Ciudad Real
Zonas de los términos municipales de Almadén, Chillón, Fuencaliente y Retuerta de Bullaque.
Provincia de Córdoba
Zonas de los términos municipales de Cardeña, Fuente-Obejuna y Villanueva de Córdoba.
Provincia de Jaén
Zonas del término municipal de Vilches.
Provincia de Huelva
Zonas de los términos municipales de El Granado, Sanlúcar de Guadiana, San Bartolomé de la Torre, San Silvestre de Guzmán y Villanueva de los Castillejos.
Provincia de Madrid
Zonas de los términos municipales de Colmenar del Arroyo, Chapinería, Madrid, Quijorna y San Sebastián de los Reyes.
Provincia de Salamanca
Zonas de los términos municipales de Campo de Ledesma, Doñinos de. Ledesma, Guejuelo del Barro, La Mata de Ledesma, Ledesma, Villar de Peralonso, Villarmayor, Villáseco de los Grámitos, Villaseco de los Reyes y Tremedal de Tormes.
Provincia de Sevilla
Zonas de los términos municipales de Alanís, Cazalla de la Sierra y El Pedroso.
Provincia de Toledo
Zonas de los términos municipales de Mazarambroz, Oropesa, Santa Cruz del Retamar, San Román de los Montes y Velada.
Provincia de Zamora
Zonas de los términos municipales de Abelón, Cabañas de. Sayago y Pereruela.
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