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Por providencia de fecha 2 de junio corriente se ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia planteado por el Gobierno contra tres Ordenes, una de ellas de 27 de noviembre de 1981 y las otras dos de 30 del propio mes y año, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Generalidad de Cataluña, por las que se aprueban las actas de estimación de riberas probables de los ríos Congost-Besós y Fluvià, en los términos municipales de La Garriga, provincia de Barcelona; Pontós y Maià de Montcal (Dosquers), provincia de Girona. Y se hace saber que en el mencionado conflicto se ha invocado por el Gobierno el artículo 181.2 de la Constitución, que produce desde el día 22 de mayo pasado, fecha de la formalización del conflicto, la suspensión de la vigencia de las citadas tres Ordenes.
Por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.4 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, se publica para general conocimiento.
Madrid, 2 de junio de 1982.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso.
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