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El Tribunal Constitucional por Auto de 18 de diciembre del presente año, dictado en el conflicto positivo de competencia interpuesto por el Abogado del Estado en representación del Gobierno contra el Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, ha acordado levantar la suspensión del Decreto 39/1981 del Gobierno Vasco, antes mencionado, que fue acordada por providencia de 4 de agosto pasado, al haber transcurrido el plazo de cinco meses sin haberse dictado sentencia, suspensión que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del día 10 de agosto del presente año y en el «Boletín Oficial del País Vasco» del día 13 del mismo mes de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Madrid, 18 de diciembre de 1981.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Garcia-Pelayo y Alonso.
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