Advertidos errores en el anexo del Real Decreto 1255/1981, de 8 de mayo, sobre traspaso de servicios del Estado al Gobierno vasco en materia de industria, energía y minas, se transcriben a continuación las oportunas correcciones.
«Boletín Oficial del Estado» número 152, de 28 de junio de 1981
En la página 14637, apartado D), sobre personal adscrito a los servicios que 6e traspasan, donde dice: «referidas al ejercicio de 1980», debe decir: «referidas al ejercicio de 1981».
En la página 14638, en la relación número 2, en efectivos de personal a transferir, en la localidad de Alava; en los epígrafes de retribuciones, en el relativo a Ortiz de Pinedo y Fano, Francisco, las cantidades correspondientes a básica, retribuciones complementarias y anual, donde dice: «893.340, 1.430.604 y 2.323.944», debe decir: «855.260, 773.988 y 1.629.248».
En la misma página procede suprimir la referencia a Diez Rodríguez, María Begoña. Administrativo, A02PG13221, retribuciones básicas 475.356, complementarias 233.208, anual 708.564.
En la misma página, en la línea relativa a González García, Adolfo, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal, donde dice: «A02IÑ27», debe decir: «A02IN275».
En la misma página, en la línea relativa a Ganuzas Murillo, María Lourdes, en las columnas de retribuciones básicas y anual, donde dice: «334.344 y 600.900», debe decir: «334.204 y 600.760».
En la misma página, en la línea relativa a García Arbulo, María Luisa, en la columna de puesto de trabajo, debe decir.«Nivel 6».
En la página 14638, localidad de Guipúzcoa, en la línea de Dabouza San Martín, Pedro, en las columnas de básica, retribuciones complementarias y anual, donde dice: «893.340, 838.692 y 1.732.032», debe decir: «931.420, 836.052 y 1.767.472».
En la misma página, en la segunda vacante de Ingenieros Industriales, bajo el epígrafe de puesto de trabajo, debe decir: «Jefe de Sección», y en las columnas de retribuciones complementarias y anual, donde «dice: «512.160 y 1.272.920», debe decir: «822.708 y 1.583.468».
En la misma página, en la línea relativa a Sagastiberri Arcelus, Joaquín, bajo los epígrafes de retribuciones complementarias y anual, donde dice: «482.448 y 1.451.948», debe decir«506.076 y 1.475.576».
En la misma página, en la línea de Suso Aróstegui, Nicolás, bajo los epígrafes de retribuciones complementarias y anual, donde dice: «804.864 y 1.888.604», debe decir: «494.148 y 1.577.288».
En la misma página, y a continuación, suprimir lo relativo a Tec. Admón. C., nivel 21, 760.760, 705.888, 1.466.648 y vacante.
En la misma página, en la línea relativa a Arrondo Arana, Ernesto, bajo el epígrafe de Número de Registro de Personal, donde dice: «A02IN35», debe decir: «A02IN85».
En la misma página, y a continuación de Arrondo Arana, Ernesto, debe incluirse a Herrero Repiso, Antonio, Ing. T. Ind., A02IN139, 1.093.604, 489.288 y 1.582.892.
En la misma página, en la línea relativa a Martínez Benito, Ernesto, en la columna de número de Registro de Personal, donde dice: «I02IN23», debe decir: «A02IN383»; bajo los epígrafes de contribuciones complementarias y anual, donde dice: «184 298 y 792.904», debe decir: 352.920 y 961.528», y bajo la columna de observaciones, suprimir interino.
En la misma página, en la línea de Flores Fernández, Félix Emilio, bajo los epígrafes de retribuciones complementarias y anual, donde dice: 330.880 y 1.142.208», debe decir: «330 888 y 1.142.216».
En la misma página, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal de Lasa Lasa, María Concepción, donde dice: «A02PG592», debe decir: «A02PG2592».
En la misma página, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal de Abadía Avastuy, María Aránzazu, donde dice: «A03PG19773». debe decir: «A03PG12713».
En la misma página, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal de Irigoyen Irizábal, María Concepción, donde dice: «A03PG27413», debe decir: «A03PG27416».
En la página 14.639, en la línea relativa a Castellanos Echevarría, María del Coro, bajo el epígrafe de Puesto de trabajo, debe incluirse nivel 8.
En la misma página, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal de Rodríguez Núñez, María Celia, donde dice: «A03PG2835», debe decir: «A03PG23853».
En la misma página, en la línea relativa a Escobar Zarategui, Eduardo, bajo los epígrafes de retribuciones complementarias y anual, donde dice: «321.048 y 1.417.948», debe decir: «275.184 y 1.372.084».
En la misma página, en la línea relativa a Sorondo Oyarzábal, María, bajo el epígrafe del número de Registro de Personal, donde dice: «T06PG11A4174», debe decir: «T06PG11A4184».
En la misma página, en la línea relativa a Barba Blázquez, María. Victoria, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal, donde dice: «T06PG12A22», debe decir: «T06PG12I22».
En la misma página, en la línea relativa a Ruiz Torregrosa, Gumersindo, bajo los epígrafes de básica y anual, donde dice: «273.462 y 536.778», debe decir: «262.594 y 525.910».
En la misma página, en la línea relativa a Gazpio Gorriti, Juan María, bajo los epígrafes de básica y anual, donde dice: «424.914 y 454.914», debe decir: «446.152 y 476.152».
En la misma página, en la línea relativa a Gutiérrez Solana, Luis I, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal, donde dice: «L03IN», debe decir: «L03IN33», y en los epígrafes de básica y anual, donde dice: «350.658 y 380.658», debe decir: «366.590 y 396.590».
En la misma página, en la línea relativa a Hernández Sánchez, Esperanza, bajo el epígrafe de número de Registro de Personal, donde dice: «L03IN205», debe decir: «L03IN35».
En la página 14639, localidad: Vizcaya, donde dice: «Lasagabaster Ibarra, José Antonio», debe decir: «Lasagabaster Ibarra, José María».
En la misma página, donde dice: «Salgado Sanz, José Antonio», debe decir: «Salgado Sáenz, Antonio José».
En la misma página, y en la siguiente línea, suprimir, bajo el epígrafe de puesto de trabajo, Jefe Sec., y bajo los epígrafes de retribuciones complementarias y anual, donde dice: «822.708 y 1.583.468», debe decir: «512.160 y 1.272.920».
En la misma página, donde dice: «Abengoechea Larraz, Antonio», debe decir: «Abengochea Larraz, Antonio».
En la misma página, entre Goiria Gabiola, Dionisio, y Ferrer Aspiazu, Manuel, debe incluirse: Fuente Oregui, Claudio de la, Téc. Admón. C., A01PG520, nivel 21. 1.354.800, 706.488 y 2.061.288.
En la misma página, donde dice: «Zubillaga Trajaola, Elena», debe decir: «Zubillaga Trojaola, Elena».
En la misma página, donde dice: «González González, Begoña», debe decir: «González González, María Begoña».
En la misma página, donde dice: «Arroyo Arroyo, Concepción», debe decir: «Arroyo Arroyo, María Concepción».
En la misma página, donde dice: «Carrera Inchausti, María Mercedes», debe decir: «Carreras Unchausti, María Mercedes».
En la página 14.640, en la línea relativa a «García Izquierdo, Juan Bautista», bajo el epígrafe número de Registro de Personal, donde dice: «AO3PG11532», debe decir: «AR3PG11532».
En la misma página, en la línea relativa a Gómez García, Angel A., bajo el epígrafe dé número de Registro de Personal, donde dice: «AR4PG78», debe decir: «AS4PG78».
En la misma página, donde dice: «Sendino León, Alfonso», debe decir: «Sendino León, José».
En la misma página, donde dice: «Pérez Briña, Margarita», debe decir: «Pérez Briñas, Margarita».
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