Contido non dispoñible en galego
Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 194, de fecha 14 de agosto de 1981, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 18728, artículo cuarto, donde dice: «1. Alcohol etílico rectificado no vínico de 98/97° GL», debe decir: «1. Alcohol etílico rectificado no vínico de 96/97° GL».
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