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Ilmos. Sres.: Visto el expediente instruido por la Delegación Territorial de este Departamento en la provincia de Tarragona, sobre la reestructuración de los partidos médicos de Villalonga, Rourell y La Massó, de una parte, y Vallmoll de otra, efectuando en los mismos las modificaciones que a continuación se detallan:
– Agregar el municipio de La Massó al partido médico de Vallmoll, constituyendo un solo partido, segregando dicho municipio de Villallonga y Rourell.
Y teniendo en cuenta:
Que dicho expediente ha sido instruido por la Delegación Territorial de Tarragona a tenor de lo dispuesto en la disposición transitoria del Real Decreto 2221/78, de 25 de agosto, que las partes consultadas no han presentado alegación alguna y el Colegio Oficial de Médicos, así como la Comisión de Gobierno de la provincia y la Dirección General de Asistencia Sanitaria de la Generalidad de Cataluña emiten informe favorable para que se lleven a cabo las modificaciones que se proponen,
Esta Secretaría de Estado a tenor de las atribuciones que le confiere la disposición transitoria del Real Decreto 2221/78, de 25 de agosto y aceptando, la propuesta de la Delegación Territorial de Tarragona, ha tenido a bien resolver que se lleve a efecto las modificaciones de los partidos médicos que se indican en tanto se aprueba el mapa sanitario de la provincia con carácter definitivo:
– Agregar el municipio de La Massó al partido médico de Vallmoll, constituyendo un solo partido segregando dicho municipio de Villalonga y Rourell.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 17 de junio de 1981.—El Secretario de Estado para la Sanidad, Luis Sánchez-Harguindey Pimentel.
Ilmos. Sres. Directores generales de Planificación Sanitaria, Salud Pública y de Servicios, Director general de Asistencia Sanitaria de la Generalidad de Cataluña y Subdirector general de Personal.
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