Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el Rectorado de la Universidad de Granada, en solicitud de aprobación de la normativa fiara la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia de dicha Universidad, basada en la experiencia obtenida tras la instaurada en la Orden ministerial de 25 de octubre de 1969 («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre), de dos modalidades alternativas, tesina o examen;
Considerando que dicha propuesta ha sido favorablemente informada por el Claustro de Facultad de fecha 25 de enero de 1980, y por la Junta de Gobierno de la Universidad en sesión celebrada el 15 de diciembre de 1980 y visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades con fecha 25 de mayo de 1981,
Este Ministerio ha dispuesto aprobar la normativa para la colación de grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia de la Universidad de Granada, de acuerdo con las reglas siguientes:
De acuerdo con la resolución, de la Dirección General de Universidades e Investigación del día 26 de julio de 1073 («Boletín Oficial del Estado» del 25 de septiembre), para la obtención del grado de Licenciado, los alumnos deben tener aprobadas todas las materias de la Licenciatura.
Los graduados podrán optar para su colación por una de las modalidades siguientes:
1. Modalidad tesina.
Consistirá en la relación de un trabajo en un Departamento de la Facultad bajo la Dirección de un Profesor del mismo que esté en posesión del título de Doctor. Dicho trabajo será experimental y/o bibliográfico constando necesariamente de los siguientes apartados:
a) Introducción o antecedentes.
b) Metodología.
c) Resultados.
d) Discusión.
e) Conclusiones.
f) Fuentes bibliográficas.
g) Breve resumen.
En el caso de ser tesina exclusivamente bibliográfica consistirá en el estudio completo y puesto al día de un tema de interés farmacéutico que constituya un trabajo que por su profundidad sea una aportación a la investigación bibliográfica.
El apartado c) (resultados), se entenderá como la parte principal de la exposición y el d) (discusión) se referirá a una critica general de lo expuesto.
La iniciación de la tesina podrá simultanearse con los estudios del último curso dé la carrera.
1.1 Solicitudes e inscripción.
Para acogerse a la modalidad de tesina en cualquiera de sus dos orientaciones será requisito imprescindible su inscripción en el correspondiente libro-registro. haciendo constar el título del trabajo propuesto, nombre de su Director y Departamento donde se realizará. Previamente el aspirante solicitará del Decanato la mencionada inscripción figurando en la solicitud la aceptación por parte de los Directores del trabajo y del Departamento respectivo. Desde la fecha de inscripción a la de presentación de la tesina, habrá de transcurrir un periodo mínimo de tres meses.
1.2 Tribunales.
El Tribunal será único y constará de cinco miembros, tres de los cuales serán fijos y los otros dos variables: Uno de estos del mismo Departamento donde se hubiera realizado la tesina y el otro de un Departamento afín. Si hubiera ya entre los tres fijos un Profesor del Departamento, los otros dos serían de Departamentos afines. El Presidente será un Catedrático y los Vocales, Profesores numerarios.
1.3 Realización del ejercicio.
A medida que sean presentados los trabajos, se reunirá el Tribunal y, tras un plazo prudencial para su estudio, convocará a los autores de las tesinas para que, en sesión pública, las expongan verbalmente, pudiendo los componentes del Tribunal formular las observaciones o preguntas que consideren convenientes.
1.4 Clasificación.
Cuando, a juicio de un Tribunal, una tesina no mereciese ser aprobada, se lo comunicará previamente en privado al autor, indicándole las razones y las modificaciones que deberá introducir en su trabajo para ser nuevamente presentado. La nueva presentación no podrá realizarse antes de que transcurra un mes como mínimo.
Para las tesinas admitidas y expuestas las calificaciones serán: Aprobado, notable y sobresaliente, debiendo constar esta calificación en el expediente académico del alumno, independiente de la conjunta del grado de licenciatura.
Para la calificación global de esta modalidad será mérito preferente la correspondiente al trabajo, sobre la del expediente académico.
La calificación final asignada a la tesina (de 1 a 3) se multiplicará por dos y la del expediente por uno, se suman y se divide por tres.
Para la interpretación del cociente obtenido, asi como para la independiente asignada a la tesina, se adopta el criterio siguiente: 1-1,7, aprobado; 1,75-2,45, notable; 2,5-3, sobresaliente.
2. Modalidad examen.
Consistirá en la realización de un ejercicio escrito y otro práctico.
2.1 Solicitudes.
Podrán solicitar esta modalidad los alumnos que hayan aprobado todas las asignaturas de la licenciatura de Farmacia, formalizándose su inscripción durante los plazos oportunamente indicados por la Secretaría de la Facultad.
2.2 Tribunales.
Se designará un Tribunal de igual constitución y número de miembros que el de la modalidad tesina, pero en el que estén representadas las diversas orientaciones seguidas en la carrera de Farmacia.
Dicho Tribunal se reunirá y actuará preceptivamente en las convocatorias de junio y septiembre.
2.3 Realización de los ejercicio.
Para el ejercicio teórico se publicará, con una antelación mínima de seis meses, un temario que constaré de 25 temas, todos ellos de carácter interdisciplinar. Para su confección el Decanato solicitará de los Departamentos un número determinado (5 a 6) de temas por asignatura impartida. Posteriormente una Comisión designada al efecto los refundirá en el número tope citado, procurando que cada tema refundido abarque al menos tres o cuatro materias distintas y estableciendo los puntos generales que obligatoriamente han de ser abordados al desarrollar cada uno de los temas.
Convocados los aspirantes para la realización del ejercicio sacará cada uno un tema al azar entre los que componen el temario. A continuación podrán disponer de treinta minutos para revisar el tema correspondiente pero, para su ulterior redacción, solamente dispondrá de los puntos generales que obligatoriamente han de ser abordados según el guión que facilitará el Tribunal. Para la redacción del tema se dispondrá de un tiempo que podré oscilar entre tres y cuatro horas. Posteriormente cada graduado leerá ante el Tribunal en sesión pública, el tema escrito debiendo responder a las preguntas y observaciones que le sean formuladas.
Para la realización del ejercicio práctico, el Tribunal dará a conocer el temario correspondiente al tiempo que el del teórico. Para la elaboración del temario práctico se solicitará de todos los Departamentos el enunciado de dos temas que consistan en prácticas sencillas, preferentemente de realización de técnicas, más que de diagnósticos directos.
Concluidos los ejercicios teóricos se efectuarán los prácticos, sorteando también para cada aspirante un tema de los que componen el correspondiente temario. La ejecución de este ejercicio se realizará con la participación de todos los laboratorios de los Departamentos de la Facultad, que designarán a uno de sus profesores para vigilar dicha ejecución emitiendo un breve informe sobre la misma, el cual, junto con el elaborado por el aspirante será entregado en sobre cerrado al Tribunal.
2.4 Calificación.
Se asignará al ejercicio teórico (T) doble valor que al práctico (P) y el valor global de los ejercicios se sumará a la media del expediente académico, obteniendo a su vez ia semisuma de ambos valores, de acuerdo con la siguiente fórmula:
3. Premios extraordinarios.
Cada año podrán otorgarse los premios extraordinarios que autorizan las disposiciones vigentes.
3.1 Tribunal.
Estará constituido por cuatro Vocales (dos de cada Tribunal designado para cada modalidad) y un Presidente designado al azar entre los de los dos Tribunales anteriores.
3.2 Convocatoria.
Tras la terminación de los ejercicio de grado de la convocatoria de septiembre, el Tribunal convocará para los ejercicios de premio extraordinario de licenciatura dentro del plazo tope de diez días.
3.3 Realización de los ejercicios.
Previamente el Tribunal confeccionará una relación de 10 temas, a razón de dos propuestos por cada uno de sus miembros.
La realización de los ejercicios consistirá en redactar dos de los temas, sacados al azar, comunes para todos los aspirantes. Previamente, podrán éstos consultar durante un tiempo establecido, los textos que consideren oportunos, solicitándolos al Tribunal, cuyos miembros son el único contacto que los aspirantes tendrán con el exterior.
Para la redacción se dispondrá de un plazo máximo de cuatro horas, pudiendo utilizarse el guión elaborado durante el periodo de consulta.
Transcurrido el tiempo reglamentario se entregarán los ejercicios al Tribunal en sobre cerrado y, posteriormente, cada aspirante, en sesión pública, leerá los temas previamente escritos.
Tras oportuna deliberación, el Tribunal otorgará los premios extraordinarios si juzga que ha habido aspirantes con méritos suficientes.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 30 de junio de 1981.–P. D. (Orden ministerial de 18 de junio de 1970), el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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