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Documento BOE-A-1981-11028

Ley 10/1981, de 11 de mayo, de concesión de un suplemento de crédito por la cantidad de 297.418.205 pesetas para obligaciones derivadas de la manutención y asistencia de los reclusos.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 15 de mayo de 1981, páginas 10531 a 10532 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1981-11028
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1981/05/11/10

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo 1.

Se concede un suplemento de crédito por la cantidad de doscientos noventa y siete millones cuatrocientas dieciocho mil doscientas cinco pesetas, aplicado al vigente Presupuesto de Gastos del Estado, Sección trece, «Ministerio de Justicia»; Servicio cero cuatro, «Dirección General de Instituciones Penitenciarias»; capítulo segundo, «Compra de bienes corrientes y de servicios»; artículo veinticinco, «Gastos especiales para funcionamiento de los Servicios»; concepto doscientos cincuenta y uno, «Manutención y asistencia de los reclusos, sanos y enfermos, de los hijos de las reclusas en su compañía y de las Religiosas de los establecimientos penitenciarios, de los internados en hogares poscarcelarios, en la forma y cuantía que se determine por el Ministerio.

Artículo 2.

La financiación de este suplemento de crédito se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a once de mayo de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 11/05/1981
  • Fecha de publicación: 15/05/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 04/06/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Instituciones penitenciarias

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