Por resolución de fecha 8 de julio de 1971 se delegó la autorización de centrales eléctricas hasta una potencia de 1.000 Kw, en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria.
Dado que, en el tiempo transcurrido desde la resolución anterior la demanda de energía eléctrica ha crecido considerablemente y que la potencia nominal de 1.000 KW. entonces considerada es actualmente de muy poca entidad, esta Dirección General ha creído conveniente aumentar la potencia de las centrales cuya autorización se ha delegado en las Delegaciones Provinciales, en el sentido de referirla no a la potencia total de la central, sino a la individual de los grupos que en ella se instalen, aumentando al mismo tiempo el limite fijado.
Por todo lo cual, esta Dirección General ha resuelto:
Delegar en las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria y Energía, en tanto no se dicte ninguna resolución en contrario, la autorización para la instalación, ampliación y traslado de grupos hasta una potencia unitaria, de 5.000 KW., cualquiera que sea su tensión, con todas las instalaciones auxiliares y complementarias precisas, y con independencia de la potencia que tenga instalada la central eléctrica.
Los traslados interprovinciales seguirán siendo autorizados por la Dirección General de la Energía.
Las Delegaciones Provinciales velarán que en los proyectos que autoricen y en su instalación se cumplan las normas y Reglamentos vigentes para este tipo de instalaciones
Enviarán a la Dirección General de la Energía relación cada año de las instalaciones que hayan autorizado.
Lo que digo a VV. SS. para su cumplimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a VV. SS. muchos años.
Madrid, 26 de marzo de 1980.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.
Sres. Delegados Provinciales del Ministerio de Industria y Energía.
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