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Documento BOE-A-1980-727

Orden de 28 de diciembre de 1979 por la que se crea la Comisión de Estadística del Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 1980, páginas 849 a 850 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administración Territorial
Referencia:
BOE-A-1980-727
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/12/28/(10)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La amplitud de necesidades de información estadística de este Ministerio, así como la adecuación a la nueva estructura del mismo de las actividades estadísticas que venían realizando los organismos integrados en el Ministerio de Administración Territorial y singularmente la redacción del Plan de estadística del Ministerio que es necesario establecer, con el dictamen previo del Consejo Superior de Estadística, hace necesaria la constitución de la Comisión de Estadística del Ministerio, cuyo funcionamiento se establece seguidamente.

En su virtud y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, de conformidad con el artículo 130,2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, este Ministerio ha dispuesto:

1.º Se crea en el Ministerio de Administración Territorial la Comisión de Estadística del Departamento, que quedará constituida de la siguiente forma:

1. Presidente: El Secretario general técnico.

Vicepresidente: El Vicesecretario general técnico.

Vocales: Un representante de la Subsecretaría, Secretaría General Técnica y de cada una de las Direcciones Generales del Departamento; un representante del Instituto de Estudios de Administración Local. Igualmente serán Vocales representantes: El Inspector general del Ministerio, el Jefe de la Asesoría Económica del Departamento, el Jefe del Servicio de Mecanización y el Delegado del Instituto Nacional de Estadística en el Departamento.

Secretario: El Jefe del Servicio de Estudios Económicos.

2. Por cada uno de los Vocales titulares de la Comisión podrá designarse un suplente, que asistirá a las reuniones que se celebren en ausencia del titular.

2.º El Presidente podrá recabar la asistencia a las reuniones de la Comisión de aquellos funcionarios de la Subsecretaría, Centros directivos y Organismos dependientes del Departamento que estime conveniente incorporar eventual mente para temas concretos a tratar por la Comisión. Igualmente podrá solicitar la colaboración y asistencia a la Comisión de representantes de las Comunidades Autónomas o Regímenes Provisionales de Autonomías y Entidades Locales.

3.º Serán funciones de la Comisión de Estadística del Departamento:

1) Elaborar y mantener al día el Plan de Estadística del Ministerio.

2) Seguimiento de la elaboración y publicación de las Estadísticas del Ministerio.

3) Coordinar las Estadísticas del Departamento y Organismos dependientes del mismo.

4) Prestar al Instituto Nacional de Estadística y al Consejo Superior de Estadística la colaboración necesaria para la elaboración del Plan Nacional de Estadística.

5) Asistir al Secretario general técnico en todas las materias relacionadas con la Estadística que se considere oportuno por aquél someter a la Comisión.

4.º La Comisión de Estadística del Departamento se ajustará en su funcionamiento a lo establecido en los artículos 9 al 15 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

5.º Los miembros de la Comisión de Estadística del Departamento tendrán derecho a percibir las dietas de asistencia a las sesiones de la misma, con arreglo a lo determinado en la reglamentación vigente al respecto.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 28 de diciembre de 1979.

FONTAN

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general Técnico, Directores generales del Departamento y Director del Instituto de Estudios de Administración Local.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/12/1979
  • Fecha de publicación: 12/01/1980
Referencias anteriores
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Comisiones de Estadística
  • Ministerio de la Administración Territorial
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de la Administración Territorial

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