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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 29 de octubre de 1980, acordó convalidar el Real Decreto-ley 14/1980, de lo de octubre, sobre prórroga de arrendamientos rústicos.
Palacio del Congreso de los Diputados, 3 de noviembre de 1980.‒El Presidente, Landelino Lavilla Alsina.
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