Ministerio de Asuntos Exteriores
Excelentísimo señor:
La Reunión Preparatoria de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa se iniciara en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid, el día 9 de septiembre próximo. La Reunión Principal de dicha Conferencia se iniciará, a su vez, el día 11 de noviembre próximo, no pudiéndose precisar por ahora su duración exacta.
España, por el momento, no es signataria de la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969).
Para asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades de tos participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, tengo la honra de informarle que, de manera excepcional y solamente por el período de duración de la Conferencia, las autoridades españolas competentes aplicaran los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la mencionada Convención sobre Misiones pedales.
Esta Nota, así como su respuesta con su acuerdo por lo que respecta a su contenido, constituirán un acuerdo entre España y Portugal, que entrará en vigor de manera provisional, en el momento que sea aprobado por el Consejo de Ministros de España, y de forma definitiva cuando se cumplan los requisitos que establece la legislación interna española.
Le ruego acepte, señor Embajador, las seguridades de mi alta consideración.
Madrid, 13 de agosto de 1990.
Excmo. Sr. Dr. João de Sá Coutinho, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Portugal, Madrid.
Proc. 4,11/90.
Número 308.
Embajada de Portugal
Señor Ministro de Asuntos Exteriores.
Excelentísimo señor:
Tengo la honra dé Informar a V. E. que el Gobierno portugués está de acuerda ron la aplicación a la Delegación portuguesa, de manera excepcional y durante el periodo de duración de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, de los beneficios del régimen de privilegios e inunidades establecido en la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea. General de las Naciones Unidas 486, en los términos de la Nota de V. E. número 486, de fecha 13 de agosto pasado.
Aprovecho esta oportunidad, señor Ministro, para expresar a V. E. el testimonio de mi más alta consideración.
Madrid, 5 de septiembre de 1980.
João de Sá Coutinho, |
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Portugal |
Al Excmo. Sr. Ministro de Asuntos Exteriores, don Marcelino Oreja Aguirre. Madrid.
El presente Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor provisional el 31 da julio de 1980, fecha en que fue aprobado por el Consejo de señores ministras.
Lo que se hace público para conocimiento general
Madrid, 10 de septiembre de 1980.—El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Mauro.
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