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Ilmo. Sr: Vista la propuesta elevada por el magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad de Salamanca, en solicitud de que sea aprobada la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia de la mencionda Universidad;
Considerando que la Junta de Gobierno de la Universidad de Salamanca, en su sesión del día 18 de marzo de 1980, acordó informar favorablemente esta propuesta, y visto el dictamen favorable de la Junta Nacional de Universidades emitido en la sesión celebrada con fecha 19 de junio del presente año,
Este Ministerio ha dispuesto aprobar la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia, dependiente de la Universidad de Salamanca, que será de la forma siguiente:
Normativa para la colación al grado de Licenciado en la Facultad de Farmacia de la Universidad de Salamanca: El grado de Licenciado habilita al estudiante para la realización del tercer ciclo y es indispensble para iniciarlo. No obstante, no es necesario poseerlo para solicitar la expedición del título ni pare el ejercicio profesional.
Para optar al grado de Licenciado, el alumno habrá superado la totalidad de las asignaturas que comprende su plan de estudios y podrá acceder a él por cualquiera de las vías siguientes:
1. Memoria de Licenciatura.
2. Examen de grado.
Es recomendable para iniciar los estudios y trabajos del Doctorado que el alumno se haya graduado por el sistema de Memoria.
1. Memoria de Licenciatura
La Memoria de Licenciatura estará constituida por un trabajo experimental realizado por el alumno, que consistirá en el estudio de un aspecto inédito de un tema de investigación y significará una aportación al conocimiento científico.
En el caso de disciplinas no experimentales podrá ser de índole teórica, pero nunca se reducirá a una mera recopilación de datos bibliográficos.
La inscripción se realizará mediante solicitud dirigida al ilustrísimo señor Decano de la Facultad de Farmacia, presentada con una antelación mínima de seis meses respecto a la convocatoria de lectura, con el visto bueno del Director del Departamento, y haciendo constar el tema de trabajo. Dicha solicitud habrá de renovarse en el caso de no efectuarse la lectura en el plazo de dos años.
El trabajo estará dirigido por un Doctor, y una vez finalizado se presentarán en la Secretaría de la Facultad, con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha de lectura, tres copias de la Memoria, con el visto bueno del Director del Departamento, de las que dos quedarán depositadas en la Secretaría.
En el caso de trabajos realizados fuera de la Facultad la inscripción cumplirá los mismos requisitos que los exigidos para los trabajos realizados en ella.
El número de convocatorias será de tres y las fechas de lectura quedarán incluidas entre el 1 y el 15 de marzo, entre el 25 de junio y el 9 de julio y entre el 10 y 25 de octubre de cada año.
El Tribunal de calificación estará constituido por cinco Doctores, de los cuales tres como mínimo serán Profesores numerarios, y el nombramiento lo hará el ilustrísimo señor Decano de la Facultad, oída la Junta. Se constituirán tantos Tribunales como aconseje la naturaleza y el número de trabajos presentados.
Cuando algún Profesor de la Facultad considere que alguna de las Memorias presentadas para la convocatoria determinada no reúne las condiciones adecuadas en cuanto a calidad del trabajo u otras característicos, podrá presentar, en escrito dirigido al señor Presidente del Tribunal, con un plazo mínimo de veinticuatro horas antes de la lectura, las objeciones correspondientes El Tribunal juzgará si procede o no la lectura de la Memoria y comunicará al interesado, al requirente y al ilustrísimo señor Decano, su decisión justificada por escrito.
La duración de la exposición será como máximo de veinte minutos, y una vez finalizada, los miembros del Tribunal podrán hacer preguntas al aspirante sobre el tema expuesto, pudiendo el Director del trabajo intervenir aun cuando no forme parte del Tribunal.
Todas las Memorias de Licenciatura merecerán una calificación, que podrá ser: Sobresaliente, notable, aprobado o suspenso (por unanimidad o mayoría). En caso de discrepancia grave entre los miembros del Tribunal, cada uno de ellos dirigirá un escrito al ilustrísimo señor Decano, justificando su actitud.
La Memoria de Licenciatura recibirá una valoración aislada, que se comunicará al alumno, pero la calificación final del grado atenderá de manera conjunta a los méritos del trabajo y al expediente académico del alumno. La calificación obtenida por la Memoria figurará en el ejemplar que será devuelto al Licenciado.
2. Examen de grado
Los alumnos que opten por este sistema deberán matricularse dentro de los plazos que se establezcan.
Las pruebas consistirán en tres ejercicios:
Ejercicio escrito: consistirá en la redacción, durante un máximo de dos horas, de un tema elegido por el alumno entre tres sacados a suerte de un temario que variará en cada convocatoria, y que constará de un tema de cada asignatura no optativa del plan de estudios vigente, y será publicado como mínimo con cuarenta días de antelación respecto a la fecha del examen. La lectura del ejercicio será pública.
Ejercicio oral: El Tribunal constituido fijará cinco asignaturas de la Licenciatura y el alumno eligirá una de ellas, para que, finalmente, el Tribunal asigne un tema que el alumno preparará durante un máximo de cuatro horas, pudiendo consultar todo tipo de bibliografía por él aportada.
Asimismo podrá confeccionar un guión que entregar, al final de la exposición, cuya duración no excederá de treinta minutos.
Ejercicio práctico: Se realizará de acuerdo con las normas que establezca el Tribunal en el momento de la presentación a examen, y consistirá en la resolución de problemas de interpretación o cálculo, o la realización de experiencias, o determinación y elaboración de datos experimentales.
Por lo que se refiere a las convocatorias, composición de Tribunales y calificaciones, regirán las normas iguales que en el caso de las Memorias de Licenciatura.
Lo comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 7 de julio de 1980.–P. D. el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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