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Documento BOE-A-1979-947

Resolución de la Delegación Provincial de Soria por la que se autoriza el establecimiento de la instalación que se cita.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 1979, páginas 822 a 822 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-947

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Soria, a petición de «Iberduero, S. A.», con domicilio en Soria, solicitando autorización y declaración en concreto de utilidad pública para el establecimiento de, línea a 13,2 KV y tres nuevos C. T. en Soria capital, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el capítulo III del Decreto 2617/1966, sobre autorización de Instalaciones eléctricas, y en el capitulo III del Reglamento aprobado por Decreto 2616/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y Ley de 24 de noviembre de 1039, sobre ordenación y defensa de la industria,

Esta Delegación Provincial del Ministerio de Industria y Energía de Soria, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto:

Autorizar a «Iberduero, S. A.», la instalación citada, cuyas principales características son las siguientes: Se proyectan tres ramales de línea a 13,2 KV.:

1. Línea subterránea a C. T. «Cid Campeador»; origen en un apoyo de la actual línea a C. T. «Barriada de Yagüe» y final en el C. T. proyectado. Longitud, 433 metros.

2. Línea subterránea a C. T. «Escuelas las Pedrizas»; origen en el apoyo de entrada subterránea a C. T. «Plaza de Toros» y final en el C. T. proyectado. Longitud, 240 metros.

3. Línea aérea a C. T. E. T.D. «Este»; origen en apoyo número 1 de la actual línea a Almajano y final en el C. T. proyectado. Longitud, 12 metros. El conductor será cable unipolar DHV de 12/20 KV., y con apoyos del ramal aéreo, postes de hormigón. El C. T. número 1, 250 KVA.; el número 2, 2.400 KVA., y el número 3, 15 KVA.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos señalados en la Ley 10/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, y su Reglamento de aplicación de 20 de octubre de 1966.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Soria, 12 de diciembre de 1978.–El Delegado provincial.– 13-15.

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