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Documento BOE-A-1979-9450

Resolución de la Dirección General de Transportes Terrestres por la que se hace pública la adjudicación definitiva de la concesión del servicio público regular de transporte de viajeros por carretera entre Alicante-Cartagena-Murcia y Elda, con hijuelas, como resultante de la unificación de los servicios de igual clase U-288.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 1979, páginas 8147 a 8148 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1979-9450

TEXTO ORIGINAL

El ilustrísimo señor Director general de Transportes Terrestres, en uso de las facultades delegadas por Orden ministerial de 5 de julio de 1977, con fecha 26 de febrero de 1979 ha resuelto adjudicar definitivamente a «Autocares Costa Azul, S. A.» el servicio, público regular de transporte de viajeros, equipajes y encargos por carretera entre los puntos indicado», como resultante de la unificación de los servicios de igual clase Dolores-Alicante (V-1.274) y Alicante y Cartagena-Elda y Murcia-Torrevieja (V-3.029), con arreglo, entre otras, a las siguientes condiciones:

Itinerarios:

Alicante-Cartagena, de 105 kilómetros dé longitud, pasará por Altet, Santa Pola. La Marina, Guardamar del Segura, La Mata, Torrevieja, Campoamor, Cruce de El Pilar, San Pedro del Pinatar, Santiago de la Rivera, San Javier, Los Alcázares, El Algar y La Unión.

Los Alcázares-Cartagena, de 25 kilómetros de longitud, pasará por Torre Pacheco y La Palma.

Elda-Guardamar, de 58,5 kilómetros, pasará por Novelda, Aspe, Crevillente, Catral, Dolores, Almoradí y Rojales.

Murcia-Torrevieja, de 55 kilómetros de longitud, pasará por Santomera, Orihuela, Bigastro, San Miguel de Salinas y Montesinos.

Montesinos-Empalme, en la carretera de Bigastro a San Miguel, de cinco kilómetros de longitud, y San Miguel de Salinas-Empalme, en la CN-332, de 12 kilómetros de longitud, se realizará sin paradas fijas intermedias.

San Pedro del Pinatar-San Javier, de cinco kilómetros, y Alquerías Empalme de la carretera de Los Ramos a Zoneta, de 3,5 kilómetros de longitud, se realizarán sin paradas fijas intermedias.

Murcia-Orihuela, de 18 kilómetros de longitud, pasará por Cuatro Caminos, Rincón del Gallego, Rincón de Almodóvar, Alquerías y Beniel.

Cuatro Caminos-Beniel, de 14,5 kilómetros, pasará por Beniaján, Torreagüera, Los Ramos y Zeneta.

La Mata-Torrevieja, de nueve kilómetros de longitud, pasará por Los Suecos, Belín, Torrejón, playa de Los Locos y playa del Cura.

Crevillente a empalme de la CN-332 y CN-340, de 17 kilómetros de longitud, pasará por Elche y Torrellano.

El recorrido por loe itinerarios descritos se realizará con parada obligatoria para tomar y dejar viajeros y encargos en los puntos en ellos mencionados.

Prohibiciones de tráfico:

De Crevillente y Elche para Alicante y viceversa.

De y entre Alicante y Santa Pola y viceversa.

De y entre Los Alcázares y Torre-Pacheco y viceversa.

De y entre Los Alcázares y Cartagena, excluidos ambos puntos y viceversa.

De y entre Elda y Aspe y viceversa.

De y entre estación de Novelda y empalme de Albalesa y viceversa.

De y entre Murcia y Orihuela por Santomera y, viceversa.

De y entre Almoradí y Guardamar y viceversa.

De y entre Torreagüera y Murcia y viceversa.

De los tramos Orihuela-Bigastro, San Miguel de Salinas-Montesinos y Almoradí-empalme de la CC-3.321 con la CN-332 para Alicante y viceversa.

Del tramo Murcia-Emplame de la carretera local Los Ramos-Zeneta con la local a Sucina, para el tramo San Javier-La Rivera-playa de Campomar y viceversa.

Expediciones:

Alicante-Santa Pola-Santiago de la Rivera-San Javier-Torre-Pacheco-Cartagena: Dos de ida y vuelta diarias.

Alicante-Santa Pola-Santiago de la Rivera-San Javier-La Unión-Cartagena: Seis de ida y vuelta diarias.

Elda-Guardamar-Santiago de la Rivera-San Javier-La Unión-Cartagena: Una de ida y vuelta diaria.

Murcia-Santomera-San Miguel-Torrevieja: Cuatro de ida y vuelta los días laborables.

Murcia-Santomera-San Miguel-Torrevieja: Una de ida y vuelta los días festivos.

Murcia-Santomera-San Miguel-Torrevieja: Una de ida y vuelta los días festivos de 1 de julio al 31 de agosto.

Torrevieja-San Miguel-Santomera-Murcia: Una sencilla los días festivos de 1 de julio al 31 de agosto.

Alicante-La Marina-Torrevieja: Dos de ida y vuelta los días laborables.

Alicante-Santa Pola-Guardamar: Una de ida y vuelta los días laborables.

Cartagena-La Palma-Santiago de la Rivera-San Pedro del Pinatar: Una de ida y vuelta los días laborables.

Torrevieja-Torrejón-La Mata: Ocho de ida y vuelta diarias del 15 de junio al 15 de septiembre.

Orihuela-San Miguel-Montesinos-Torrevieja: Dos de ida y vuelta los días laborables.

Orihuela-San Miguel-Montesinos-Torrevieja: Una de ida y vuelta los días festivos del 15 de junio al 31 de agosto.

Torrevieja-Montesinos-San Miguel-Orihuela: Dos sencillas los días festivos del 15 de junio al 31 de agosto.

Murcia-Los Ramos-Alquerías-Orihuela: Cinco de ida y vuelta los días laborables.

Murcia-Los Ramos-Zeneta-Benial: Una de ida y vuelta diaria.

Murcia-Cuatro Caminos-Alquerías: Una de ida y vuelta los días laborables.

Guardamar-Instituto de Torrevieja: Dos de ida y vuelta los días lectivos.

Torrevieja-Campoamor: Cinco de ida y vuelta diarias del 1 de julio, al 31 de agosto.

Alicante-Elche-Crevillente-Dolores: Dos de ida y vuelta diarias.

Elche-Crevillente-Dolores: Una de ida y vuelta los días laborables.

Tarifas:

Clase única: 1,73 pesetas viajero/kilómetro.

Exceso de equipajes y encargos: 0,26 pesetas por cada 10 kilogramo/kilómetro o fracción.

Sobre las tarifas viajero/kilómetro, incrementadas, en su caso, con el canon de coincidencia, se percibirá del usuario el Seguro Obligatorio de Viajeros.

Clasificación del servicio respecto al ferrocarril: En la aplicación del Reglamento de Coordinación de los Transportes Terrestres, el presente servicio se clasifica en relación con el ferrocarril como coincidente del grupo b).

En virtud de lo dispuesto en la Orden ministerial de 31 de julio de 1953, el concesionario deberá abonar al ferrocarril el canon de coincidencia que corresponda, cuya recaudación se llevará a efecto por el mismo, en la forma prevista en las citadas disposiciones, sin que le corresponda percibir cantidad alguna sobre su importe.

Madrid, 26 de febrero de 1979.–El Director general, José Luis García López.–1.771-A.

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