Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-9446

Orden de 21 de febrero de 1979 por la que se amplía el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a la firma «Conductores Eléctricos Roque, Sociedad Anónima», por Orden de 29 de noviembre de 1972, posteriormente ampliado y prorrogado por Ordenes de 21 de septiembre de 1976 y de 17 de enero de 1978, en el sentido de autorizar la cesión del beneficio fiscal a favor de un tercero.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 1979, páginas 8147 a 8147 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-9446

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: La firma «Conductores Eléctricos Roque, S. A.», beneficiaría del régimen de tráfico de perfeccionamiento activo por Orden de 29 de noviembre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre), posteriormente ampliado y prorrogado por Ordenes de 21 de septiembre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre) y de 17 de enero de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero), para la importación de materias primas y la exportación de conductores y cables eléctricos aislados solicita su ampliación en el sentido de que se le autorice le cesión del beneficio fiscal a favor de un tercero.

Este Ministerio, conformándose a lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha resuelto:

Primero.

Ampliar el régimen de tráfico de perfeccionamiento activo autorizado a «Conductores Eléctricos Roque, S. A.», con domicilio en Casanova, 150, Barcelona, por Orden ministerial de 29 de noviembre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre), posteriormente ampliado y prorrogado por Ordenes de 21 de septiembre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre) y de 17 de enero de 1978 «Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero), en el sentido de autorizar la cesión del beneficio fiscal a favor de un tercero en el sistema de reposición, haciendo constar que el cesionario será el sujeto pasivo del Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, regulado por Decreto 1018/ 1967, de 6 de abril, al tipo impositivo previsto en el número 2 de la tarifa vigente.

Segundo.

Las exportaciones que se hayan efectuado desde el 15 de octubre de 1978 también podrán acogerse a los beneficios derivados de la presente ampliación.

Se mantienen en toda su integridad los restantes extremos de la Orden de 29 de noviembre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de diciembre) y ampliaciones y prórrogas posteriores por Ordenes de 21 de septiembre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de noviembre) y de 17 de enero de 1978 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de febrero), que ahora se amplía.

Lo que comunico a V I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 21 de febrero de 1979.‒P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid