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Documento BOE-A-1979-9428

Resolución de la Delegación Provincial de Lérida por la que se autoriza el establecimiento de las instalaciones eléctricas que se citan (referencia B. 1.244 a) R. L. T./M. 78).

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 1979, páginas 8142 a 8142 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-9428

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial a petición de «Hidroeléctrica de Cataluña, S. A.», con domicilio en Barcelona, Archs, 10, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria, y Decreto de este Ministerio de 30 de junio de 1972,

Esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente, ha resuelto autorizar al peticionario el establecimiento de las instalaciones eléctricas cuyas principales características son:

Mejorar la capacidad de la red de distribución en A. T., elevación de tensión de la línea de 6 a 25 KV.

Línea eléctrica

Origen de la línea: E. T. número 184, «Marimunt».

Final de la línea: E. T. número 215, «Comellas».

Término municipal afectado: Lérida.

Cruzam entos: Comisaría de Aguas del Ebro, Acequia Mayor; Ayuntamiento de Lérida, caminos; «ENHER», líneas de B. T.

Tensión de servicio en KV.: 25.

Longitud en kilómetros: 1,2

Número de circuitos y conductores: Uno de 3 por 10 milímetros cuadrados, de cobre, y 3 por 35 milímetros cuadrados, de cobre.

Apoyos: Postes de madera.

Estación transformadora

Estación transformadora número 15, «Comellas».

Emplazamiento: Término municipal de Lérida.

Tipo: Interior, un transformador de 250 KVA., de 25/0,38 KV.

El plazo para la terminación de la instalación reseñada es de un año a partir de la fecha de la presente resolución, no pudiendo entrar en servicio mientras no se cumplan los trámites que se señalan en el capítulo IV del citado Decreto 2617/ 1966.

Previos los trámites legales, la Administración, podrá declarar la caducidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las declaraciones de la Empresa que figuran en el expediente o el incumplimiento del plazo concedido.

Lérida 20 de febrero de 1979.‒El Delegado provincial, Eduardo Mías Navés.‒2.141-C.

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