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Documento BOE-A-1979-9397

Resolución de la Subsecretaría de Obras Públicas y Urbanismo por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan general de ordenación urbana del Area Metropolitana de Madrid y del Plan general municipal de Pozuelo de Alarcón, en el sector de Somosaguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 1979, páginas 8128 a 8128 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
Referencia:
BOE-A-1979-9397

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 20 de febrero de 1979, ha adoptado el siguiente acuerdo:

El Plan general de ordenación del Area Metropolitana de Madrid fue aprobado definitivamente por Decreto 3655/1963, de 26 de diciembre, y el Plan general de ordenación urbana de Pozuelo de Alarcón fue aprobado definitivamente por la Comisión en sesión de 30 de octubre de 1974; por la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid se promueve en la actualidad la modificación de los citados Planes generales, en el sector de Somosaguas.

La modificación propuesta ha tratado de dar cumplimiento al dictamen del Consejo de Estado de 2 de junio de 1977, en el sentido de dejar perfectamente clara, de forma expresa, no sólo la clasificación del suelo, sito en la zona forestal en perímetro urbano, sino el régimen jurídico aplicable a cada tipo de suelo, y al mismo tiempo cuida la inserción del criterio de que la zona forestal citada está incluida dentro de las zonas verdes públicas en el planeamiento existente y rescata para la utilización pública la misma superficie que en el Plan general del Area Metropolitana calificaba como de forestal dentro del perímetro urbano.

En la propuesta existen razones de interés general que la justificaban, al mismo tiempo que se mantienen las cuantías de espacios libres existentes e incluso se incrementan, no produciéndose aumento de volumen de edificación que requiera nuevas dotaciones para espacios libres, centros culturales y de uso público social.

En cuanto al aspecto procedimental, se han cumplido todos los preceptos aplicables, en especial el artículo 50 del texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril; el artículo 27.1, b), del Decreto 1994/1972, de 13 de julio; el artículo 2.1, b), de la Orden ministerial de 25 de octubre de 1972 y los artículos 26 y 27 del Decreto 3088/1964, de 28 de septiembre, y ha sido sometido al preceptivo dictamen del Consejo de Estado, que, en Comisión Permanente el 8 de febrero de 1979, lo ha informado favorablemente.

En su virtud, de conformidad con el dictamen del Consejo de Estado, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, acuerda:

Aprobar definitivamente la modificación del Plan general del Area Metropolitana de Madrid y del Plan general municipal de Pozuelo de Alarcón, en el sector de Somosaguas, y cuantos documentos y determinaciones la integran, conforme a lo acordado por la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid en su sesión de 22 de mayo de 1978.

Lo que se hace público a los efectos procedentes.

Madrid, 12 de marzo de 1979.‒El Subsecretario de Obras Públicas y Urbanismo, Pedro José López Jiménez.

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