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Documento BOE-A-1979-938

Orden de 11 de noviembre de 1978 por la que se ponen en funcionamiento Centros estatales de Educación General Básica en varias provincias.

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 12 de enero de 1979, páginas 817 a 819 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1979-938

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Reales Decretos 2328/1977 de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 10 de septiembre), y 2588/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre), por los que se crean Centros estatales de Educación General Básica en varias provincias,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Se autoriza la puesta en funcionamiento de los Colegios Nacionales de Educación General Básica mencionados a continuación, que quedarán con la composición que en cada caso se especifica:

Provincia de Ceuta

Municipio: Ceuta. Localidad: Ceuta.–Colegio Nacional «Junta de Obras del Puerto», domiciliado en zona de la Puntilla, para 560 puestos escolares de Educación General Básica y 80 de Educación Preescolar, creado por Real Decreto 2328 1977, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 10 de septiembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará, en edificio de nueva construcción con catorce unidades escolares mixtas de Educación General Básica, dos de Educación Preescolar –párvulos– y Dirección con función docente, que a tal efecto se crean por este mismo acto.

Provincia de La Coruña

Municipio: Mesía. Localidad: Juanceda.–Colegio Nacional; domiciliado en Juanceda para 480 puestos escolares de Educación General Básica, creado por Real Decreto 2586/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará, en edificio de nueva construcción y en cuatro locales habilitados, como Colegio Nacional Comarcal, oon 12 unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con función decente. A tal efecto se crean nueve unidades escolares mixtas de Educación General Básica y la Dirección con función docente, y se integran, transformadas en mixtas, la unidad escolar de niños y las dos unidades escolares de niñas de Educación General Básica, que constituían la Escuela graduada de la misma localidad, que desaparece como Centro independiente, aunque continuarán sus unidades escolares funcionando en los actuales locales. El ámbito de comarcalización de este Centro abarcará en principio a las localidades de Abellá, Municipio de Frades, Albijoy, Bascoy, Boado, Cabruy, Cabruy-Zacotes, Cumbraos, Lanzá, Lanza-Castro Mesía, Olás, Puebla-Bascoy, Recelle y Visantoña del propio Municipio de Mesía. Por la presente Orden se suprimen unidades escolares en las localidades de Abellá, Municipio de Frades, Boado, Cabruy-Zacotes, Cumbraos, Lanza-Castro, Mesía, Olás, Puebla-Bascoy, Recelle y Visantoña a cuyos Profesores propietarios definitivos se les reconoce el derecho que pueda alcanzarles a servir plaza en este Colegio Nacional Comarcal al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre. Asimismo será aplicable este derecho a partir del momento de la supresión de las respectivas unidades escolares a los Profesores propietarios definitivos de las unidades escolares comprendidas en el ámbito de comarcalización antes mencionado, que puedan ser suprimidas en el futuro para esta misma concentración escolar.

Municipio: Vilasantar Localidad: Présaras.–Colegio Nacional, domiciliado en Présaras, para 360 puestos escolares dé Educación General Básica, creado por Real Decreto 2586/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará, en edificio de nueva construcción y en un aula anteriormente existente, como Colegio Nacional comarcal, con nueve unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con curso. A tal efecto se crean siete unidades escolares mixtas de Educación General Básica y se integran, transformadas en mixtas, la unitaria de niños y la unitaria de niñas de Educación General Básica, trasladándose una de ellas al nuevo edificio y desapareciendo ambas como Centros independientes. El ámbito de comarcalización de este Centro abarcará en principio a las localidades de Armentai-Eirige. Armental-La Lage, Barbeito-Pazo, Barbeito-Pedrouzo, Curtis-San Vicente de Curtís, Mezonzo, Vilariño, Vilasantar y el Viso, todas ellas del propio Municipio de Vilasantar. Por la presente Orden se suprimen determinadas unidades escolares en las localidades de Barbeito-Pedrouzo, Menzonzo, Curtis-San Vicente de Curtís, Vilasantar y el Viso a cuyos Profesores propietarios definitivos se les reconoce el derecho que pueda alcanzarles a servir plaza en este Colegio Nacional Comarcal, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre. Asimismo será aplicable este derecho, a partir del momento de la supresión de sus respectivas unidades escolares, a los Profesores propietarios definitivos de las unidades escolares comprendidas en el ámbito de comarcalización antes mencionado, que puedan ser suprimidas en el futuro para esta misma concentración escolar.

Provincia de Lugo

Municipio: Samos. Localidad: Samos.–Colegio Nacional, domiciliado en Samos, para 320 puestos escolares de Educación General Básica, creado por Real Decreto 2580/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye esto Centro, que funcionará en locales habilitados, como Colegio Nacional Comarcal, con ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con curso. A tal efecto se crean seis unidades escolares mixtas de Educación General Básica y se integran, transformadas en mixtas, la unitaria de niños y la unitaria de niños de Educación General Básica, de la misma localidad, que desaparecen como Centros independientes. El ámbito de comarcalización de este Centro abarcará en principio a las localidades de Castrocán, Formigueiros, Freijo, Loureiro, Lousada, Montá, Nande-Real-San Cristóbal, Renche y Teivillid, todas ellas del propio Municipio de Samos, en las cuales se suprimen unidades escolares por esta misma Orden para esta concentración escolar, a cuyos Profesores propietarios definitivos se les reconoce el derecho que pueda alcanzarle a ¿ervir plaza en este Colegio Nacional Comarcal, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Provincia de Málaga

Municipio: Málaga. Localidad: Málaga.–Colegio Nacional, domiciliado en camino Viejo de San Rafael (La Pelusa-barriada Nuevo San Andrés), para 640 puestos escolares de Educación General Básica, creado por Real Decreto 2586/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará en un aulario preindustrializado, con ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica, que a tal efecto se crean por este mismo acto y Dirección con curso.

Provincia de Murcia

Municipio: Alcantarilla. Localidad: Alcantarilla.–Colegio Nacional «Maestro Eusebio Martínez Martínez», domiciliado en barriada de la Salud, sin número, para 320 puestos escolares de Educación General Básica, creado por Real Decreto 2588/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará en edificio de nueva construcción, con ocho unidades escolares mixtas de Educación General Básica, que a tal efecto se crean por este mismo acto y Dirección con curso.

Provincia de Vizcaya

Municipio: Basauri. Localidad: Basauri.–Colegio Nacional «Jacinto Benavente», domiciliado en calle Basoselay, 9 (barrio de Basoselay), para 640 puestos escolares de Educación General Básica, creado por Real Decreto 2586/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará en edificio de nueva construcción, con dieciséis unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con función docente, que a tal efecto se crean por este mismo acto.

Municipio: Basauri. Localidad: Basauri.–Colegio Nacional «Juan Ramón Jiménez», domiciliado en polígono Uribarri, parcela 16, paira 640 puestos escolares de Educación General Básica, creado por Real Decreto 2586/1978, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará en edificio de nueva construcción con dieciséis unidades escolares mixtas de Educación General Básica y Dirección con función docente, que a tal efecto se crean por este mismo acto.

Municipio: Santurce Localidad: Santurce.–Colegio Nacional «Cuetos III», domiciliado en barrio de los Cuetos, para 960 puestos escolares de Educación General Básica, 240 de Educación Preescolar y 30 de Educación Especial, creado por Real Decreto 2586/1378, de 1 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 6 de noviembre). Se constituye inicialmente este Centro, que funcionará en edificio de nueva construcción, con veinticuatro unidades escolares mixtas de Educación General Básica, seis de Educación Preescolar –párvulos–, dos mixtas de Educación Especial y Dirección con función docente, que a tal efecto se crean por este mismo acto.

Segundo.

Como consecuencia de la puesta en funcionamiento de les anteriores Centros y teniendo en cuenta que algunos de ellos tienen el carácter de Comarcales y se destinan a la escolarización de alumnos procedentes de unidades escolares existentes con anterioridad y que por otra parte, la creación de nuevas unidades en los Centros que se ponen en funcionamiento, determina la conveniencia de realizar arreglos escolares en las localidades afectadas, se procede a modificar en este apartado determinados Centros de las expresadas localidades y se reconoce a los Profesores propietarios definitivos de las unidades escolares que se suprimen por concentración en los nueves Centros comarcales, el derecho que pueda alcanzarles a servir plaza en los mismos, al amparo del Decreto 3099/ 1964, de 24 de septiembre.

Provincia de La Coruña

Municipio: Frades. Localidad: Abllá.–Supresión de la unitaria de niñas y transformación de la unitaria de niños de Educación General Básica, en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Boado.–Supresión de la unitaria de niñas y transformación de la unitaria de niños de Educación Genera) Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce a la Profesora propietaria definitiva de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Cabruy-Zacotes.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional Comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional Comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Cumbraos.–Supresión de la unitaria de niños-y transformación de la unitaria de niñas de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza' en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio Mesía. Localidad: Juanceda.–Integración de la unidad escolar de niños y de las dos unidades escolares de niñas de Educación General Básica que constituían la Escuela graduada, en el Colegio Nacional Comarcal que se constituye en otro apartado de esta Orden, desapareciendo en consecuencia la Escuela graduada como Centro independiente, aunque sus unidades escolares continuarán funcionando en sus propios locales bajo la dependencia del Colegio Nacional.

Municipio: Mesía. Localidad: Lanzá-Castro.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcancarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/ 1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Mesía.–Supresión de la unitaria de niños y transformación de la unitaria de niñas de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Olás.–Supresión de la unitaria de niñas y transformación de la unitaria de niños de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce a la Profesora propietaria definitiva de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Puebla-Bascoy.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al ampare del Decreto 3099/ 1964, de 24 de septiembre.

Municipio Mesía Localidad: Recelle.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Juanceda. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Mesía. Localidad: Visantoña.–Supresión de la unitaria de niños y transformación de la unitaria de niñas de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Centro Nacional comarcal de Juanceda y creación de una unidad escolar de Educación Preescolar –párvulos–, que con la unidad escolar mixta de Educación General Básica formará un Centro de Educación General Básica y Preescolar, con una unidad esoclar mixta de Educación General Básica y una de párvulos, y Dirección con curso. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho qüe pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Vilasantar. Localidad: Barbeito-Pedrouzo.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Présaras. Se reconoce a! Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Vilasantar Localidad: Curtís.–Supresión de la unitaria de niños de Educación General Básica, domiciliada en San Vicente de Curtís y transformación de la unitaria de niñas de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Présaras. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Vilasantar. Localidad: Mezonzo.–Supresión de la unidad escolar mixta, de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Présaras. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio. Vilasantar. Localidad: Présaras.–Integración de la unitaria de niños y de la unitaria de niñas de Educación General Básica, transformadas en mixtas, en el Colegio Nacional comarcal de la misma localidad, que se constituye en otro apartado de esta Orden, desapareciendo en consecuencia ambas unitarias como Centros independientes, si bien una de ellas continuará funcionando en su propio local.

Municipio: Vilasantar. Localidad: Vilasantar.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Présaras. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/ 1864, de 24 de septiembre.

Municipio: Vilasantar. Localidad: El Viso.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Présaras. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Provincia de Lugo

Municipio: Samos. Localidad: Castroncán.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, domiciliada en Feria de Castroncán, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal cátodo, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad Formigueiros.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/ 1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Freijo.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nocional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Louceiro.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Lousada.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional Comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Montán.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Nande-Real-San Cristóbal.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Renche.–Supresión de la unitaria de niñas de Educación General Básica y transformación de la unitaria de niños de Educación General Básica en mixta, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce a la Profesora propietaria definitiva de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Municipio: Samos. Localidad: Samos.–Integración de la unitaria de niños y de la unitaria de niñas de Educación General Básica, transformadas en mixtas, en el Colegio Nacional comarcal de la misma localidad que se constituye en otro apartado de esta Orden, desapareciendo en consecuencia ambas unitarias como Centros independientes.

Municipio: Samos. Localidad: Teivillid.–Supresión de la unidad escolar mixta de Educación General Básica, por concentración en el Colegio Nacional comarcal de Samos. Se reconoce al Profesor propietario definitivo de la unidad escolar suprimida el derecho que pueda alcanzarle a servir plaza en el Colegio Nacional comarcal citado, al amparo del Decreto 3099/1964, de 24 de septiembre.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 11 de noviembre de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Educación Básica.

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