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Documento BOE-A-1979-9191

Orden de 5 de marzo de 1979 por la que se concede a «Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares, S. A.», de Madrid, autorización global para la importación temporal de materiales para la construcción de un buque atunero-congelador para Marruecos.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 1979, páginas 7949 a 7949 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-9191

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: «Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares, S. A.», de Madrid, solicita de este Ministerio la concesión de una autorización global para importación temporal de materiales par la construcción en su factoría de un buque atunero-congelador para Marruecos.

Resultando que la autorización global solicitada se estima beneficiosa para el interesado como conveniente para la economía nacional;

Considerando que se han cumplido todos los trámites y requisitos que estipula la Orden ministerial de 7 de diciembre de 1973, por la que se aprobó el procedimiento para efectuar las importaciones temporales de los materiales y elementos incorporados a los buques de exportación,

Este Ministerio, de conformidad con lo informado y propuesto por la Dirección General de Exportación, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se concede a «Empresa Nacional Bazán de Construcciones Navales Militares, S. A.», de Madrid, autorización global para la importación temporal de materiales y elementos a utilizar en la construcción en sus astilleros de un buque atunero-congelador (construcción número 172), para el que tiene concedida la licencia de exportación número 2.655.849.

Segundo.

El importe total de materiales que podrán ser importados al amparo de la presente Orden ministerial no podrá exceder del 0,6 por 100 del valor del buque.

Tercero.

El plazo de validez de esta autorización se entenderá fijado en la fecha de terminación total del buque a que la misma se refiere.

Cuarto.

Verificada la reexportación, la Aduana de salida procederá a expedir las correspondientes certificaciones de despacho a los efectos de cancelación de las licencias de importación temporal.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 5 de marzo de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Carlos Bustelo y García del Real.

Ilmo. Sr. Director general de Exportación.

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