Está Vd. en

Documento BOE-A-1979-8390

Real Decreto 564/1979, de 16 de marzo, por el que se adscribe el Cuerpo de Técnicos de Información y Turismo del Estado a la Presidencia del Gobierno.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 1979, páginas 7293 a 7293 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-8390
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/03/16/564

TEXTO ORIGINAL

El Cuerpo de Técnicos de Información y Turismo del Estado, regulado por Decreto mil novecientos once/mil novecientos setenta y uno, de veintidós de julio, tiene atribuidas funciones en materia de información, opinión pública, publicidad, relaciones públicas, cultura y turismo.

El Real Decreto mil quinientos cincuenta y ocho/mil novecientos setenta y siete, de cuatro de julio, por el que se estructura la Administración Central del Estado, atribuye las competencias administrativas referentes a las actividades reseñadas en el párrafo anterior al Ministerio de Cultura y al Ministerio de Comercio y Turismo.

El Real Decreto dos mil ciento cincuenta y siete/mil novecientos setenta y ocho, de uno de septiembre, crea la Secretaría de Estado para la Información y le atribuye competencias administrativas en materia de información, publicidad y relaciones públicas.

Por fin, por Real Decreto tres mil cuatrocientos catorce/mil novecientos setenta y ocho, de veintidós de diciembre, se crean las Asesorías Informativas de los Departamentos ministeriales y de otros órganos de la Administración.

Las disposiciones de estructura de la Administración reseñadas con anterioridad implican que los funcionarios del Cuerpo de Técnicos de Información y Turismo han de desempeñar las actividades que reglamentariamente les estén atribuidas en distintos Departamentos ministeriales y en otros órganos de la Administración. Por consiguiente, parece lo más adecuado adscribir orgánicamente el Cuerpo de Técnicos a la Presidencia del Gobierno, sin perjuicio de su competencia para ocupar los puestos de plantilla que les estén asignados en los distintos Ministerios. Dicha adscripción orgánica a la Presidencia del Gobierno se efectuará sin perjuicio de que la adscripción presupuestaria se realice a través de la Ley de Presupuestos.

En su virtud, conforme al dictamen de la Comisión Superior de Personal, a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

El Cuerpo de Técnicos de Información y Turismo del Estado queda adscrito a la Presidencia del Gobierno.

Artículo 2.

Los Ministros de la Presidencia y de Hacienda adoptarán las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo que se dispone en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia,

JOSE MANUEL OTERO NOVAS

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 16/03/1979
  • Fecha de publicación: 26/03/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 15/04/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
Materias
  • Cuerpo de Técnicos de Información y Turismo
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Presidencia del Gobierno

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid