En el recurso contencioso-administrativo número 1.633/74, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Lacer. S. A.». contra ¡a resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 1 de junio de 1973, se ha dictado con fecha 22 de mayo de 1978 sentencia por la Audiencia Territorial de Madrid, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando íntegramente el recurso interpuesto por el Procurador señor Navarro Ungría, en nombre y representación de los laboratorios "Lacer. S A.", debemos anular y anulamos, por no ser conforme a derecho, la resolución del Registro de le Propiedad Industrial de uno de junio de mil novecientos setenta y tres, tácitamente confirmada en reposición, por la que se denegaba la inscripción de la marca número quinientos setenta y siete mil seiscientos trece, "Dubatan", cuya inmatriculación ordenados practicar; sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes por las originadas en el recurso.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 28 de febrero de 1979.–El Director del Registro, Antonio Villalpando Martínez.
Sr. Secretario general del Registro de la Propiedad Industrial.
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