Examinado el expediente de expropiación forzosa número 314-J, que se tramita con motivo de las obras de abastecimiento de agua del conjunto del Quiebrajano, depósitos derivación y ramal del partidor de carga, término municipal de Higuera de Calatrava, provincia de Jaén;
Resultando que en el «Boletín Oficial del Estado», de fecha 7 de septiembre de 1978, en el «Boletín Oficial» de la provincia, de fecha 24 de julio de 1978 y en el periódico «Jaén», de fecha 20 de junio de 1978, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Higuera de Calatrava, se publicó la relación de terrenos y propietarios afectados, para que pudieran presentarse reclamaciones contra la necesidad de la ocupación de los citados terrenos o aportar los oportunos datos para rectificar posibles errores en la relación;
Resultando que las respectivas informaciones transcurrieron sin oposición alguna;
Considerando que se han cumplido los trámites legales inherentes a este período del expediente;
Visto el dictamen favorable de la Abogacía del Estado.
Esta Dirección en uso de las facultades conferidas por el artículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y en ejecución de lo dispuesto en los artículos 20 al 22 de la misma, ha resuelto:
Declarar necesaria la ocupación de los terrenos afectados cuya relación ya publicada, se eleva a definitiva.
Publicar esta declaración en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la provincia, así como en un diario de la capital de la provincia tablón de anuncios del Ayuntamiento de referencia y notificarla individualmente a los interesados, haciéndoles saber que pueden recurrir contra ella ante el Ministerio de Obras Públicas, en el plazo de diez días, a contar de la fecha de la última publicación oficial, n de la notificación, en su caso, y por conducto de esta Confederación.
Sevilla, 16 de noviembre de 1978.‒El Ingeniero Director, M. Palancar.‒14.085-E.
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