Contido non dispoñible en galego
Ilmo. Sr.: La Orden ministerial de 10 de octubre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 28), dictada en aplicación del Real Decreto 1554/1977, de 2 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 4 de julio), sobre integración de cursillistas de 1933 y 1938, en el Cuerpo de Profesores Agregados, estableció en su artículo 3.A), 1, párrafo segundo, el plazo de seis meses para la presentación de solicitudes a efectos de la citada integración.
Habiendo finalizado dicho plazo el 28 de abril de 1978 y como quiera que por motivos ajenos a su voluntad, residencia en el extranjero, tramitación a través de Embajadas, dificultad en la difusión y conocimiento de la mencionada Orden, etcétera, algunos de los solicitantes han visto desestimadas sus peticiones por presentación o recepción fuera del plazo establecido; a la vista de dichas circunstancias, este Ministerio ha dispuesto;
Abrir nuevo plazo de presentación de solicitudes y documentación a que se refiere el artículo 3.° A) en todos sus epígrafes de la Orden ministerial de 10 de octubre de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 28). Plazo que concluirá con carácter definitivo el 1 de junio de 1979.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 26 de febrero de 1979.‒P. D., el Director general de Personal, Matías Vallés Rodríguez.
Ilmo. Sr. Director general de Personal.
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