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Documento BOE-A-1979-7024

Resolución de la Delegación Provincial de La Coruña referente al expediente de expropiación forzosa con motivo de las obras que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 1979, páginas 5875 a 5877 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1979-7024

TEXTO ORIGINAL

Expediente de expropiación forzosa que se instruye para la ocupación de los bienes y derechos afectados por el plan de labores de la explotación del yacimiento de lignitos de Meirama, propiedad de la Sociedad «Lignitos de Meirama, S. A.», obra aprobada por esta Delegación Provincial, Sección de Minas, con fecha 5 de febrero de 1976 e incluida en el acta de concierto suscrita en Madrid el día 26 de diciembre de 1975 por el Ministerio de Industria y la citada Sociedad, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2485/1974, de 9 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 11 de septiembre), por lo que lleva implícita la declaración de utilidad pública, la necesidad de la ocupación de los bienes afectados y la urgencia de la ocupación, a los efectos que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 38 y siguientes, y su Reglamento de 26 de abril de 1957.

En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación antes citada, se hace saber, en resumen, a todos los interesados afectados por las obras de referencia, que a continuación se detallan, que después de transcurridos, como mínimo, ocho días hábiles, a contar desde el siguiente al de la última publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», «Boletín Oficial» de la provincia y diarios «La Voz de Galicia» y «El Ideal Gallego», de esta capital, se dará comienzo al levantamiento sobre el terreno, por el representante de la Administración, de las actas previas a la ocupación correspondientes a las fincas situadas en el Ayuntamiento de Cerceda, que al final se mencionan, previniendo a dichos interesados que en la respectiva notificación individual que mediante cédula habrá de practicársele, así como en el edicto que se publicará en el tablón de anuncios del indicado Ayuntamiento y de esta Delegación Provincial, se señalará, con la debida antelación legal, el día y la hora en que tal diligencia habrá de tener lugar, advirtiéndoles también que en dichos actos podrán hacerse acompañar de sus Peritos y de un Notario a su costa, si así lo estimasen conveniente, y que hasta la fecha de dicho levantamiento podrán rectificar los errores de hecho que se hayan padecido en la confección de la relación citada mediante escrito dirigido a esta Sección de Minas, situada en la avenida de Linares Rivas, 35, 5.°, de La Coruña, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56-2 del Reglamento de la Ley de Expropiación de 26 de abril de 1957.

La Coruña, 14 de febrero de 1979.–El Delegado provincial.–981-2.

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